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Tamaulipas penalizará a quien no dé pensión a hijos mayores que aún estudian

Esta medida busca garantizar que los derechos alimentarios estén protegidos más allá de la mayoría de edad, fortaleciendo la seguridad jurídica de quienes continúan formándose académicamente
Por: Everardo Eguia El Día Miercoles 19 de Noviembre del 2025 a las 19:41

Un hombre se niega a dar dinero para su hijo (FOTO ILUSTRATIVA)
Autor: HT Agencia
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.– A partir del jueves 20 de noviembre entrará en vigor una reforma al artículo 295 del Código Penal de Tamaulipas que convierte en delito el incumplimiento de la obligación alimentaria hacia dos grupos que antes no estaban protegidos: los padres y los hijos mayores de 18 años que siguen estudiando hasta obtener su título profesional.

Antes de este cambio, aunque el Código Civil ya reconocía su derecho a recibir alimentos, el Código Penal no contemplaba una sanción para quien no cumpliera, lo que dejaba estos casos sin posibilidad de castigo.

Con la reforma, cualquier persona que tenga la obligación legal de dar alimentos y no lo haga, sin una justificación válida, podrá ser denunciada penalmente. El artículo 295 ahora establece que se comete el delito de abandono de obligaciones alimentarias cuando alguien deja de proporcionar los recursos necesarios para la subsistencia de:

 

  • Madre o padre
  • Cónyuge
  • Concubina o concubinario
  • Hijas e hijos menores de 18 años
  • Hijos mayores de edad que continúan estudiando una carrera hasta terminarla o titularse

La Obligación Alimentaria no solo se refiere a comida: incluye gastos básicos como educación, salud, vivienda, ropa y otros recursos necesarios para vivir dignamente.

¿Qué situaciones serán delito a partir del 20 de noviembre?

 1. No dar pensión a hijos mayores de 18 años que siguen estudiando una carrera

Aunque ya sean mayores de edad, si están en la universidad, tecnología, normal u otro programa profesional, el responsable debe seguir dando pensión hasta que terminen o se titulen.

 2. Negarse a apoyar económicamente a los padres

Si los padres necesitan ayuda y la ley reconoce la obligación del hijo de proporcionarla, no cumplir con ese apoyo también será delito.

 3. Dejar de pagar la pensión de los hijos menores de edad

Esto ya era delito, pero se reafirma: quien no pague sin motivo justificado puede ser denunciado.

4. No dar alimentos a la pareja cuando existe obligación legal

Aplica para cónyuge, concubina o concubinario cuando la ley determina que se debe otorgar este apoyo.

Únicamente se considera una “justificación válida” las situaciones donde la persona realmente no puede pagar, por ejemplo, enfermedad grave, pérdida comprobada de empleo, incapacidad física o económica demostrada. Simplemente negarse a pagar o evadir la responsabilidad no será aceptado como motivo.

 

 

 

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