Hoy es Sabado 20 de Diciembre del 2025


Publica DOF decreto por el que se expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura

Su objetivo es normar y fomentar la producción, distribución, industrialización y comercialización del café, establecer criterios para impulsar la calidad del producto en todas las fases de la cadena productiva, entre otros
Por: HT Agencia El Día Sabado 20 de Diciembre del 2025 a las 12:35

Parte de enfrente de la Cámara de Diputados (Ilustrativa)
Autor: HT Agencia
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Ciudad de México. - El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura, el cual entrará en vigor a los 180 días de este hecho.

El pasado 26 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular con cambios, el dictamen a la minuta que por el que se expide la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura, que será de interés público y observancia general en el territorio nacional.

Su objetivo es normar y fomentar la producción, distribución, industrialización y comercialización del café, establecer criterios para impulsar la calidad del producto en todas las fases de la cadena productiva, así como generar su integración, para que continúe siendo un producto básico y estratégico cuya producción contribuya a la seguridad y soberanía.

El documento, aprobado en lo general con 399 votos a favor y, en lo particular con 377 votos a favor y 1 abstención, se devolvió al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

Durante la discusión en lo particular se aceptaron cambios propuestos por el diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, a los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 36, 37, 40,41,43, 45, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 60, 62, 63, 65, 67, 70, 75, 77, 78, 79, 82, 83, 84, 86, la denominación del Capítulo II del Título III y los transitorios primero, tercero y cuarto.

Subrayó que con la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura se busca normar y fomentar la producción, distribución, comercialización e industrialización del café, establecer criterios para impulsar la calidad del producto, y garantizar que el café se convierta, como ya lo es, en un producto básico.

El decreto publicado en el DOF, es el siguiente:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5776681&fecha=19/12/2025#gsc.tab=0

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