Ahora el abuso sexual se define con mayor claridad y el silencio ya no podrá interpretarse como consentimiento. Una reforma que busca cerrar vacíos legales y proteger mejor a las víctimas
Ciudad de México.- Con 18 votos a favor, la Comisión de Justicia del Senado aprobó un dictamen para reformar los artículos 260 y 260 Bis del Código Penal Federal, con el fin de actualizar la definición del delito de abuso sexual y alinearlo con estándares internacionales.
Los cambios más importantes
La reforma busca ampliar y aclarar qué se considera abuso sexual en México. Entre los puntos clave destacan:
- El consentimiento se vuelve central: La ausencia de consentimiento será el elemento que define el delito.
- El silencio o la falta de resistencia NO se consideran consentimiento.
- Se castigará a quien, sin consentimiento y sin intención de llegar a la cópula, realice cualquier acto sexual, obligue a observarlo o haga que la víctima lo ejecute.
- También se clasifica como abuso sexual el obligar a una persona a exhibir su cuerpo.
- Se aclara qué se entiende por acto sexual: tocamientos, caricias, roces, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.
- No habrá consentimiento válido si la persona está bajo violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o en situación de vulnerabilidad.
Además, el delito se perseguirá de oficio, se establece una pena de 3 a 7 años de prisión, y se incorporan 12 agravantes que pueden aumentar la condena. Los agresores también deberán asistir a talleres reeducativos.
¿Por qué es importante esta reforma?
Esta actualización es fundamental porque:
- Protege mejor a las víctimas: Ahora la ley deja claro que el silencio, el miedo o la inmovilidad no significan que la persona esté de acuerdo.
- Evita que agresores se libren por “lagunas” legales: Al definir con precisión qué es abuso sexual, se facilitan las denuncias y los procesos judiciales.
- Se adapta a estándares internacionales, como la CEDAW, lo que fortalece la protección de mujeres, niñas y grupos vulnerables.
- Obliga a la autoridad a investigar, incluso si no hay denuncia directa.
- Permite sancionar más severamente cuando el agresor se aprovecha de una posición de poder, confianza o vulnerabilidad.
En palabras de senadoras y senadores de distintos partidos, esta reforma es “positiva”, “urgente” y “un avance en favor de las mujeres y las víctimas”.