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Revoca Tribunal Electoral sanción del INE contra Raúl Morón

Los magistrados consideraron que el INE aplicó de manera indebida el artículo 229 al considerar que el partido y aspirante a candidato habían omitido la presentación del informe de gastos de pre campaña cuando en realidad lo hicieron
El Día Viernes 09 de Abril del 2021 a las 21:53

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal revoco la sanción emitida por el INE en contra del pre candidato de Morena, Raúl Morón Orozco y ordenó al INE revisar el caso
Autor: AIMX
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Morelia, Mich. (Agencia Informativa de México).- El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal revoco la sanción emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del pre candidato de Morena, Raúl Morón Orozco y ordenó al INE revisar el caso.

En sesión virtual pública, el Juicio de Protección Ciudadana promovido por Morena y Raúl Morón fue aprobado con 5 votos a favor mientras que el Recurso de Apelación rechazado con 4 votos.

Los magistrados consideraron que el INE aplicó de manera indebida el artículo 229 al considerar que el partido y aspirante a candidato habían omitido la presentación del informe de gastos de pre campaña cuando en realidad lo hicieron, pero de manera extemporánea.

No es lo mismo no presentarlo que presentarlo de manera extemporánea”, sostuvieron durante la sesión los magistrados quienes advirtieron que la sanción fue excesiva y desproporcional aun y cuando reconocieron la importancia de la fiscalización de recursos y el hecho de que Morena presentó sus reportes de gastos con 47 días de atraso.

De esta forma, al regresar el caso al INE, éste deberá emitir una nueva resolución en la que se individualice las sanciones.

Los magistrados tomaron en cuenta para la resolución emitida este viernes aspectos entre los que se encuentran el no haber notificado en tiempo y forma al pre candidato sobre la omisión en la presentación de sus cuentas y no haberle habilitado una cuenta Sistema de Informe Financiero (SIF)

Tampoco, se detalló a Raúl Morón de forma clara, la consecuencia jurídica que le llevaría tal incumplimiento.

Este punto, es considerado de gran importancia para que el sujeto obligado tuviera conocimiento claro y preciso de la consecuencia que podría tener la falta de presentación del informe.

Fue el pasado 26 de marzo cuando con una votación de 6 a 5 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó cancelar el derecho de Raúl Morón a registrarse como candidato al gobierno de Michoacán.,

Lo anterior, al determinarse el incumplimiento de entregar el informe de gastos de pre campaña, hecho que cae en el supuesto del artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que dispone, como consecuencia de esta omisión, cancelar el registro o anular el derecho del aspirante a registrarse como tal.

Una semana después, el 4 de abril, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) ratificó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de negar la candidatura a Raúl Morón, como abanderado de Morena a la gubernatura de la entidad y puso como plazo cinco días para el registro de un nuevo candidato so riesgo de quedarse sin abanderado en la elección del 6 de junio.

Como respuesta a estos procedimientos, el equipo jurídico de Raúl Morón interpuso recursos de apelación y juicios de defensa de derechos políticos y ciudadanos.

Leonel Godoy, como vocero del equipo de abogados explicó que el plazo aplicado por el IEM era violatorio al estar el proceso de origen en curso por lo que se dejó vencer el plazo para el registro de un nuevo candidato.

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