Hoy es Sabado 21 de Junio del 2025


Sección: Editoriales / Pregúntale al Cónsul

Visa H2A y H2B, ¿Cuál es la diferencia?

Por: Consulado General de Matamoros 28/06/2013 | Actualizada a las 19:34h
La Nota se ha leído 12581 Veces


Pregunta: Mi primo y yo trabajaremos este verano en los Estados Unidos para diferentes compañías. Me di cuenta que su visa es de tipo H2A y la mía es de tipo H2B. ¿Cuál es la diferencia entre estas dos categorías de visa?

Respuesta: El obtener una visa H2A o H2B dependerá de la compañía que lo contrata y el tipo de trabajo que estará realizando. La diferencia entre estos dos tipos de visas es el tipo de trabajo. Básicamente, las visas H2A son para trabajo de agricultura y las visas H2B son para trabajos no relacionados con la agricultura.

El programa H2A de agricultura temporal es un medio para aquellas compañías que se anticipan a la falta de trabajadores domésticos y en este caso necesitan contratar trabajadores extranjeros con un estatus de no inmigrante en los Estados Unidos para desempeñar este tipo de trabajo de agricultura, de temporada o estacional. Si usted estará trabajando en una granja en los Estados Unidos, esta es la categoría apropiada de visa. Las visas H2A son expedidas para plantar árboles en Arkansas, trabajar en viveros en Tennessee y para hacer trabajos de jardinería en Texas, entre otros trabajos relacionados con la agricultura.

La clasificación de visa H2B es para personas que van a los E.U. temporalmente a un trabajo no relacionado a la agricultura. Este trabajo puede ser, desde laborar en un barco camaronero en Luisiana, en un barco recolectando ostiones en la costa de Texas o incluso en obras de construcción en Iowa.

El trabajo en ambos casos, necesita ser un trabajo temporal o de acuerdo a la estación del año. Es importante que recuerde que estas son visas de no inmigrante y no son para trabajar permanentemente en los Estados Unidos. Las compañías necesitan presentar una petición al Departamento de Seguridad Interna en los Estados Unidos (DHS) para cada trabajador que se contratará en los Estados Unidos. El empleado temporal que viajará a los Estados Unidos no tiene el derecho de trabajar para otro empleador o compañía y éste deberá trabajar para la compañía que aparece en su solicitud de visa.

Ambas categorías de visas ofrecen la oportunidad de trabajar temporalmente en los Estados Unidos con una amplia variedad de opciones.

 Si usted tiene una pregunta que le gustaría que se publicara, por favor mándela por correo electrónico a MatamorosVisas@state.gov con la referencia “Pregúntele al Consulado” en el título de su mensaje.

Nuestra página de Facebook es www.facebook.com/USCGMatamoros y nuestro Twitter es @USCGMatamoros.

Por favor consulte nuestra página para más información: http://spanish.matamoros.usconsulate.gov/

Pregúntale al Cónsul General

Es una colaboración del Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros, en el cual se dan respuestas a preguntas hechas por interesados en realizar un trámite, la mayoría de estos relacionados con la Visa Lasser
adadasdas
HoyTamaulipas.net Derechos Reservados 2016
Tel: (834) 688-5326 y (834) 454-5577
Desde Estados Unidos marque: 01152 (834) 688-5326 y 01152 (834) 454-5577