Corte avala verificación de integridad electoral
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional el mecanismo de verificación de integridad para personas aspirantes a candidaturas a cargos de elección popular, al considerar que la evaluación voluntaria de posibles riesgos relacionados con actividades delictivas no vulnera el derecho a ser votado.
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 84/2026, el Pleno estableció que el procedimiento no constituye un requisito adicional de elegibilidad, tampoco impide el registro de una candidatura ni representa una sanción o declaración de responsabilidad penal.
El expediente fue promovido contra las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de integridad en candidaturas. De acuerdo con la resolución referida, el mecanismo tiene un carácter preventivo e informativo.
La evaluación busca generar elementos objetivos para que los partidos políticos y las propias personas aspirantes puedan valorar posibles riesgos antes de una postulación. El procedimiento está a cargo de la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE), en coordinación con otras autoridades.
La Corte precisó que la aplicación del mecanismo requiere la voluntad del partido político y el consentimiento de la persona aspirante, por lo que no constituye una revisión obligatoria para acceder a una candidatura.
El Pleno también analizó las medidas de protección para quienes sean sometidos a la evaluación y señaló que el procedimiento contempla obligaciones de confidencialidad y límites sobre la información que puede ser comunicada.
Estas disposiciones buscan preservar la presunción de inocencia, la privacidad y la protección de los datos personales de las personas evaluadas, de acuerdo con los alcances establecidos en el mecanismo.
La resolución también contempla la participación coordinada de instituciones de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y autoridades financieras. La Corte consideró que esta coordinación no implica una subordinación del INE, debido a que el órgano electoral mantiene la conducción del procedimiento y establece sus lineamientos.
Con la determinación, la SCJN reconoció la validez de las disposiciones incorporadas a la legislación electoral federal para la verificación de integridad de candidaturas. La acción fue promovida por el Partido Revolucionario Institucional.
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