Declaran inconstitucional revisiones en autobuses;Continúan operativos migratorios en Tamaulipas
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Aunque el fallo de un Tribunal Colegiado declaró que es inconstitucional el que las líneas de autobuses exijan una identificación o documentos migratorios, no hay impedimento legal para que que el Instituto Nacional de Migración establezca filtros de revisión en centrales camioneras o carreteras, declaró Juan José Rodríguez Alvarado, director del Instituto Tamaulipeco para los Migrantes.
De acuerdo con el fallo del tribunal federal, las líneas de autobuses comerciales no tienen facultades legales para actuar como filtros migratorios.
La resolución señala que, conforme a la Ley de Migración vigente, estas empresas privadas no están autorizadas para revisar el estatus migratorio de las personas extranjeras que desean viajar dentro de las fronteras nacionales.
Rodríguez Alvarado subrayó que, el artículo 11 constitucional establece que México es un país de libre tránsito, “y hay excepciones y una de ellas es que faculta al Instituto Nacional de Migración (INM) para que en revisiones migratorias pida identificaciones a quienes considere que son procedentes de algún otro país", dijo.
Además, refirió que la facultad de regular quién entra y quién transita por nuestras carreteras es del Instituto Nacional de Migración y ahí es donde viene exactamente el análisis de esta resolución en que es está autoridad y no las líneas de autobuses la que debe realizar la revisión de esta documentación.
"No está impidiendo que el Instituto ejerza su facultad de verificación, está impidiendo una función que de ninguna manera puede estar delegada a una línea de autobuses", señaló.
Rodríguez Alvarado, sostuvo que la línea de autobuses puede pedir una identificación para acreditar quién se está subiendo a la unidad, pero de ninguna manera que se acredite la condición migratoria de una persona extranjera.
"Nosotros vemos la legal internación y la legal estancia, no tienen las líneas de autobuses facultad de establecer una condición irregular migratoria", reiteró.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el INM emitió una serie de oficios entre los años 2019 y 2021 mediante los cuales instruyó a las empresas de autotransporte de pasajeros y turismo a negar el servicio a cualquier persona que no pudiera acreditar su estancia regular en México.
El funcionario estatal, refirió que el INM es el que decide dónde y por cuánto tiempo implementa filtros de revisión en centrales de autobuses de ciudades donde no hay puentes internacionales y carreteras, en tanto el Instituto Tamaulipeco para los Migrantes sólo brinda información a las personas en tránsito.
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