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Resolución del IETAM no elimina derechos político-electorales de Lalo Gattás

El secretario del Ayuntamiento Hugo Reséndez, dijo que la Constitución establece que solo una sentencia penal firme puede generar ese tipo de consecuencias, lo cual no ocurre en este caso
Por: Marco Esquivel El Día Miercoles 04 de Febrero del 2026 a las 15:33

Hugo Reséndez secretario del Ayuntamiento de Ciudad Victoria
Autor: Fabián Meléndez
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - El secretario del Ayuntamiento de Ciudad Victoria, Hugo Reséndez Silva, aseguró que la resolución emitida por el Instituto Estatal Electoral de Tamaulipas (IETAM) en su contra y del alcalde capitalino Eduardo Gattás Báez no implica la pérdida de derechos político-electorales, por lo que se recurrirá a las instancias legales correspondientes para impugnarla.

El funcionario señaló que, si bien existe respeto hacia el órgano electoral, no se coincide con el contenido de la resolución, motivo por el cual ya se prepara un recurso que será presentado ante el Tribunal Estatal Electoral.

Reséndez Silva sostuvo que la intervención del Ayuntamiento se limitó exclusivamente a brindar apoyo en una notificación solicitada por otra autoridad, sin que hubiera intención alguna de restringir la participación política de algún integrante del Cabildo.

Indicó que el procedimiento consistió únicamente en dar lectura a un documento oficial como parte de una solicitud de apoyo institucional, descartando que dicha actuación tuviera como objetivo afectar derechos o limitar funciones de algún miembro del Ayuntamiento.

Rechazó categóricamente que en este caso se haya configurado violencia política en razón de género, o cualquier otra forma de exclusión en la participación política de la persona involucrada.

Afirmó que en el Cabildo se garantiza el respeto pleno a las expresiones políticas de todos sus integrantes, y que en ningún momento se impidió o condicionó la participación de alguien por razones de género o afinidad política.

Asimismo, expresó sorpresa por la postura adoptada por el IETAM, al considerar que los organismos electorales deben promover la participación ciudadana y fortalecer la vida democrática, no generar restricciones.

Cuestionó además el proceso mediante el cual fue aprobada la resolución, al señalar que el proyecto fue presentado al Pleno sin un análisis profundo ni discusión previa, y avalado de manera unánime, lo que a su juicio refleja una falta de revisión de fondo.

Añadió que existen antecedentes de casos similares en los que tanto instancias electorales como tribunales resolvieron a favor del Ayuntamiento, por lo que resulta llamativo que, ante un asunto prácticamente idéntico, el criterio haya sido distinto.

Finalmente, reiteró que la resolución del IETAM no tiene alcances legales para suspender o retirar derechos político-electorales, al precisar que la Constitución establece que solo una sentencia penal firme puede generar ese tipo de consecuencias, lo cual no ocurre en este caso.

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