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Estudiantes sometidos

Por: Juan Sánchez El Día Miercoles 12 de Noviembre del 2025 a las 18:58

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El viernes próximo, quizá, en la sesión plenaria del Congreso local se daría entrada a dos iniciativas previamente aprobadas en comisiones legislativas para reformar la Constitución Política estatal; así como el Código Penal y la Ley de Educación, para sancionar más severamente a los alumnos, padres de familia y/o tutores que atenten contra la integridad de maestros.

No sólo de manera física, sino también verbal --aunque los educandos sean menores de edad--, según se advierte en las propuestas presentadas por las diputadas Blanca Aurelia Anzaldúa Nájera y Yuriria Iturbe Vázquez.

La primera arribó a la LVXI Legislatura representado al partido verde y luego se sumó al membrete guinda --cual vil ‘chapulín(a)’--, en tanto la otra fue habilitada como diputada plurinominal de morena, aun cuando su papel como dirigente estatal de ese partido hay sido opaco, casi desapercibido.

Ciertamente, los mentores merecen protección legal para garantizar su actividad --como todo ente trabajador--, como lo establece el marco jurídico vigente, sin ser los educadores más ni menos que sus semejantes --acorde a los principios constitucionales de los derechos humanos--, así que no hay razón para diseñarles a los maestros una protección privilegiada; y, menos, cuando es atentatoria contra los escolapios menores de edad, a quienes su responsabilidad es educar, no de represión.

Ambas mujeres, en su ejercicio docente practicado durante décadas si acaso lo hicieron frente a grupo --esto en verdad lo ignoro--, habrían tenido alumnos menores de edad insurrectos, groseros, contestatarios, pero, igual dóciles, que no por ese hecho son el prototipo del buen alumno.

Entonces nunca alzaron la voz para someter al alumnado, así creo, ya que no existe registro alguno de que se hayan quejado del comportamiento de los alumnos de educación básica. En su ápoca, todos menores de edad.

Y es obligación suya saber que los derechos humanos protegen a todo individuo. Que no son exclusivos ni excluyentes.

Y más cuando se trata de alumnos del nivel básico de enseñanza  

Ahora, ambas legisladoras, promueven castigos mayores en contra de los escolapios que, en su corta edad, son contestatarios, pretendiendo, así, oficializar el abuso y los excesos de los maestros en contra de los alumnos que no se dejan intimidar.

¿Quién no recuerda haber sido víctima de los maestros al golpear las yemas (unidas) de sus dedos con un ‘borrador’, sólo por distraerse en sus clases? ¿O recibir ‘reglazos’ en la palma de las manos y hasta aguantar el golpeteo de gises o borrador en la cara por no guardar silencio?

Inclusive, hubo (y quizá sigue habiendo) maestros que les jalaron las patillas o pellizcaron a los alumnos frente a sus mismos compañeros; que los obligaron a limpiar los sanitarios a manera, según ellos, de disciplina, entre otros ‘correctivos’.

Un abuso infame. Y usted quizá lo padeció en su ápoca estudiantil, en el nivel educativo básico.

Ahora, asoma cualquier cantidad de maestros denunciados por abuso y represión en su ejercicio facultativo, pues los derechos de los niños ya se hacen valer y los paterfamilias no desaprovechan esa oportunidad.

En respuesta, los mentores apoyan las iniciativas tendientes a agravar las sanciones contra los estudiantes, so pretexto de que “la seguridad y el respeto hacia los maestros es una condición indispensable para garantizar el derecho a la educación”.

Bajo este argumento, el magisterio pretende restaurar su autoridad.

¡Vaya, aberración!

En fin, la LXVI Legislatura tendrá la última palabra sobre este amago.

Artículos reformados

En las comisiones legislativas ya se aprobaron reformas constitucionales, al Código Penal y a la Ley de Educación, pero para ponerlas en práctica se requiere la aprobación plenaria.

Las modificaciones son:

+ Constitución Política de Tamaulipas (adición al artículo 138): Obliga al Estado a garantizar la seguridad del personal docente y de apoyo, reconociendo su derecho a defensas legales eficaces y oportunas. Eleva a rango constitucional la protección docente como principio rector del sistema estatal.

+ Código Penal (nuevo artículo 438): Introduce agravantes específicas para delitos contra educadores en funciones, reconociendo la sensibilidad de su labor y buscando disuadir la violencia, evitar la impunidad y reforzar la estabilidad educativa.

+ Ley de Educación (reforma a artículos 74 y 78, con nuevo capítulo): Incorpora un apartado de ‘protección integral de las y los maestros’, con principios de seguridad y dignificación; mecanismos de denuncia oportuna; definición de tipos de agresión; creación de comités de convivencia escolar; protocolos de actuación; programas de sensibilización; acompañamiento psicológico y coordinación interinstitucional… más lo que resulte.

¡Bah!

Correo: jusam_gg@hotmail.com

Juan Sánchez Mendoza

Ha ejercido el periodismo durante más de tres décadas, alcanzado premios estatales en dos ocasiones; autor del libro "68. Tiempo de hablar"(que refiere pormenores del memorable movimiento estudiantil); autor de ensayos literarios; y reportero de investigación de tiempo completo, acá en territorio nacional y más allá de nuestras fronteras y del continente americano.

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