Reforma a la Ley de Amparo preocupa a especialistas de Tamaulipas
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La iniciativa para modificar la Ley de Amparo en México ha despertado un amplio debate en el ámbito jurídico, al considerar que podría debilitar uno de los principales mecanismos de defensa de los ciudadanos frente a los actos del Estado, expuso el abogado en Tamaulipas, Esteban Arias Maldonado.
El especialista en la materia advirtió que el amparo “es un blindaje para el ciudadano, para evitar los actos autoritarios del Estado en perjuicio de este”.
Explicó que esta figura legal permite que el Poder Judicial actúe como contrapeso frente a posibles abusos de los poderes Legislativo y Ejecutivo.
Según señaló, con la propuesta de reforma, “se debilita el amparo porque se debilita el interés legítimo, que es proteger al ciudadano” y agregó que ahora la norma exige una lesión jurídica real, actual y diferenciada, lo que considera contrario a la Constitución.
“Si yo solicito amparo debo decir cuál es mi interés diferenciado, y eso es contrario al artículo 107 constitucional, fracción primera, que dice que los juicios de amparo se seguirán a instancia de parte agraviada con un interés individual o colectivo. Están matando el interés colectivo, que es progresivo en los derechos humanos”, explicó.
Arias Maldonado también expresó su preocupación respecto a las medidas cautelares. “El amparo tiene los efectos de suspender, de medida cautelar. Ahora se le agregan una serie de requisitos adicionales como la certeza inminente del acto autoritario que tienes que probar, y el juzgador debe estar seguro de que no cause un daño de difícil reparación”.
Como ejemplo, mencionó que, en materia fiscal, la reforma limitaría los recursos de los contribuyentes. “Si el Servicio de Administración Tributaria te determina un crédito fiscal por un error, no puedes pedir amparo sino hasta el remate de los bienes”.
Asimismo, subrayó que existen disposiciones preocupantes en sectores estratégicos. “Las normas generales, actos u omisiones de las autoridades a que se refieren los párrafos 15 y 17 del artículo 28 de la Constitución Federal no serán objeto de suspensión. Todo lo que tiene que ver con el espectro radioeléctrico, radiodifusión y las telecomunicaciones, ninguna empresa relacionada a estas actividades le van a poder conceder una suspensión”, explicó.
Finalmente, el especialista insistió en que la propuesta “debilita el alcance del amparo, que siempre se ha sostenido como un instrumento de protección de derechos humanos con efectos generales, para que si yo gano también te proteja a ti”.
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