Hoy es Viernes 11 de Julio del 2025


El abuso infantil no prescribe, la justicia tampoco: Loretta Ortiz

La Primera Sala de la SCJN, que preside la ministra Loretta Ortiz, resolvió un fallo clave que declara que el abuso sexual infantil no prescribe, reafirmando el deber del Estado de garantizar justicia sin importar el paso del tiempo
Por: HT Agencia El Día Miercoles 25 de Junio del 2025 a las 15:24

Loretta Ortiz, ministra de la SCJN
Autor: HT Agencia
La Nota se ha leido 560 veces. 3 en este Día.

Ciudad de México. - En una decisión de gran relevancia para la protección integral de las infancias, la Primera Sala que preside la Ministra Loretta Ortiz resolvió el Amparo en Revisión 86/2022, en el cual determinó que el delito de abuso sexual cometido en contra de niñas, niños y adolescentes es imprescriptible (significa que este delito no dejará de perseguirse y sancionarse aún con el paso del tiempo), conforme a los principios constitucionales y tratados internacionales que tutelan el interés superior de la niñez y la adolescencia.

El caso. Se origina en León, Guanajuato, donde una niña de nueve años denunció haber sido víctima de abuso sexual por parte del director de su escuela primaria. El quejoso promovió juicio de amparo contra la orden de aprehensión emitida en su contra, argumentando, entre otros motivos, que la acción penal ya había prescrito conforme al Código Penal local.

Sin embargo, tanto el juzgado de Distrito como la Primera Sala rechazaron dicha pretensión. Un delito que no debe silenciarse con el tiempo.

Al resolver el recurso, la Primera Sala sostuvo que la figura de la prescripción en materia penal es una garantía que debe ser observada para toda persona imputada, no obstante, es inadmisible e inaplicable respecto de los delitos sexuales cometidos en contra de un niño, niña o adolescente. Lo anterior con fundamento en los artículos 1°, 4°, 14, 16 y 17 constitucionales, interpretados sistemáticamente con el artículo 106 de la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el cual prohíbe expresamente la prescripción en perjuicio de este grupo en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, destaca la necesidad de juzgar con perspectiva de infancia y género, reconociendo las particularidades del abuso sexual infantil, su impacto profundo, la cercanía que suele existir entre víctima y agresor, así como las barreras estructurales que dificultan la denuncia oportuna.

Bajo esta óptica, la Primera Sala puntualizó que la violencia sexual ejercida contra las personas menores de edad implica necesariamente la falta de consentimiento para participar en las actividades sexuales, lo que constituye una vulneración manifiesta a su libertad y seguridad sexual, aunado a que por su edad no puedan otorgar un consentimiento válido, lo cual también desencadena situaciones de riesgo y temor permanente en su hogar, escuela o comunidad. Resolución.

Se ordena devolver los autos al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito para que resuelva el recurso, a la luz del argumento de que el delito de abuso sexual cometido en contra de una niña, niño o adolescente es imprescriptible. Con esta decisión la Primera Sala reafirma el compromiso del Máximo Tribunal con el reconocimiento y defensa del derecho de las víctimas.

DONA AHORA

Para que HOYTamaulipas siga ofreciendo información gratuita, te necesitamos. Te elegimos a TI. Contribuye con nosotros. DA CLIC AQUÍ


DEJA UN COMENTARIO

HoyTamaulipas.net Derechos Reservados 2016
Tel: (834) 688-5326 y (834) 454-5577
Desde Estados Unidos marque: 01152 (834) 688-5326 y 01152 (834) 454-5577