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Violencia política y actos anticipados de precampaña, principales quejas ante el IETAM

La colocación de anuncios espectaculares por sí sola no implica necesariamente que se incurra en un acto anticipado de campaña, para que se configure la infracción tiene que haber un llamado expreso al voto
Por: Josué Escamilla El Día Miercoles 10 de Enero del 2024 a las 14:00

Presidente del IETAM Juan José Ramos Charre
Autor: Fabián Meléndez
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - Desde que inició el proceso electoral concurrente (10 septiembre) a la fecha, el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) ha recibido siete quejas en contra de partidos políticos, principalmente por actos anticipados y violencia política en razón de género.

El presidente IETAM Juan José Ramos Charre, destacó el caso particular de la promoción de un informe de gobierno en un municipio fronterizo, cuyo alcalde lo realizó fuera del período permitido constitucionalmente, y en este caso se resolvió imponiendo la sanción correspondiente.

“Las quejas más comunes en este momento son las vinculadas a los actos anticipados de precampaña y el tema de la violencia política en razón de género; y en algunos casos tuvimos y se resolvió la promoción de un informe de gobierno de un presidente municipal de la frontera que lo realizó fuera del periodo permitido constitucionalmente, entonces se resolvió, se impuso la sanción correspondiente, de ahí en fuera son las únicas conductas que se han denunciado”.

Acentuó que el Instituto Electoral cerró el 2023 sin rezago respecto a las quejas atendidas y resueltas conforme a derecho, sancionando aquellas conductas que se denunciaron ante el IETAM y que se configuraron como una infracción.

“No traemos rezago en procedimientos sancionadores, estamos a cuatro meses de haber iniciado el proceso y nuestro listado de quejas del 2023 no llega ni a diez, están todas resueltas, afortunadamente cerramos el 2023 sin rezago alguno en tema de la sustanciación y resolución de procedimientos sancionadores, vamos prácticamente al día”.

Ramos Charre, sostuvo que para que el IETAM pueda proceder, debe existir primero una conducta denunciada, pero, sobre todo, dicha denuncia debe contener elementos probatorios para poder acreditar que, efectivamente se está ante la presencia de un acto anticipado de precampaña, con un llamado expreso al voto hacia determinado precandidato.

En definitiva, aclaró que la colocación de anuncios espectaculares por sí sola no implica necesariamente que se incurra en un acto anticipado de campaña, y que para que se configure la infracción tiene que haber un llamado expreso al voto.

 

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