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Obligados partidos en Tamaulipas a asignar candidaturas a grupos vulnerables

El Instituto Electoral de Tamaulipas exige a los partidos a ceder al menos el 35 por ciento de las candidaturas municipales a migrantes, discapacitados, adultos mayores o de la comunidad LGTBIQ+
Por: Josué Escamilla / Ciudad Victoria El Día Martes 09 de Enero del 2024 a las 08:00

Edificio que alberga las oficinas del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam)
Autor: Josué Escamilla
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - Para la elección del 02 de junio y, de acuerdo a las disposiciones del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), al menos el 35 por ciento de las candidaturas municipales deberán asignarse a migrantes, discapacitados, adultos mayores o de la comunidad LGTBIQ+, considerados como grupos vulnerables.

Con esta disposición se favorecerá a los grupos en situación de vulnerabilidad correspondientes a personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y adultos mayores.

De acuerdo con el Reglamento de Paridad y Acciones Afirmativas del Ietam, respecto a la postulación de candidaturas en ayuntamientos, se señala;

“En el caso de las planillas estas deberán de integrarse con al menos una fórmula de candidaturas de personas con discapacidad o de la diversidad sexual y una fórmula de personas jóvenes o mayores, en cuanto al menos quince ayuntamientos del Estado”.

En caso de que no se registren planillas para la elección de ayuntamientos en al menos 26 de los municipios de Tamaulipas, se deberá incluir las candidaturas de los grupos en situación de vulnerabilidad referidos en el párrafo anterior, en al menos, el 35 por ciento de los municipios en los cuales registren dichas planillas.

Sin embargo, el Ietam reconoce que los partidos políticos en los términos de la Constitución, gozan del principio de la autodeterminación, por lo que a ellos les corresponde definir en qué distritos y en qué municipios postulan las diversas candidaturas a los cargos de elección popular.

En cuanto a las diputaciones para las personas con discapacidad, también corresponde a los partidos políticos postular al menos una fórmula de mayoría relativa, o bajo el principio de representación proporcional, y de darse el caso, esta deberá de estar ubicada en las primeras siete posiciones de la lista.

Asimismo, para las personas de la diversidad sexual se deberá asignar al menos una fórmula de mayoría relativa o de representación proporcional también las primeras siete posiciones de la lista.

Mientras que para la comunidad migrante establece al menos una postulación bajo el principio de representación proporcional, en las primeras siete posiciones de la lista estatal.

Mientras que para las personas jóvenes se establece la obligatoriedad de postular al menos una fórmula por cada ocho postulaciones en mayoría relativa, este cumplimiento puede ser bajo el principio de mayoría relativa o de representación proporcional.

La Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Ietam que preside la consejera Mayra Lugo Rodríguez, será la encargada de vigilar que el cumplimiento a estas acciones en el registro de candidaturas programadas del 15 al 20 de marzo de 2024.

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