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Aprueba el IETAM verificación de candidatos para que no sean personas violentadoras

La consejera electoral Mayra Gisela Lugo Rodríguez, llamó a los partidos políticos a no permitir que personas agresoras de mujeres o deudores alimentarios aspiren a ocupar cargos de elección en el 2024
Por: Josué Escamilla/Ciudad Victoria El Día Domingo 17 de Diciembre del 2023 a las 17:05

Sesión del Instituto Electoral de Tamaulipas. (Foto Ilustrativa)
Autor: Josué Escamilla
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - El Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) aprobó los lineamientos para verificar que los actores políticos que se postulen como candidatos a un puesto de elección popular no sean violentadores, deudores alimenticios o agresores sexuales.

Por una unidad de votos, los consejeros electorales dieron "luz verde" a estas reglas a seguir para la verificación de los requisitos de elegibilidad de las personas que busquen cargos de elección popular en el 2024, “estos lineamientos cumplen un primer paso para avanzar en ese gran reto de la sociedad, que es abatir la violencia contra las mujeres”.

Lugo Rodríguez, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto, explicó, “lo que vamos a revisar es que ninguna de las personas que se registren por una candidatura, una vez que los partidos nos hagan de conocidos quiénes son las personas electas en sus procesos internos, es que no se encuentren dentro de los supuestos del artículo treinta y ocho constitucional.

Recordó que el pasado 29 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Constitución Política Federal, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, “la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia, que contempla reformas a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Argumentó que la fracción VII del artículo 38 Constitucional, establece que se podrá solicitar la información a las autoridades jurisdiccionales y administrativas competentes, para verificar si las personas aspirantes a un puesto de elección popular sí se encuentren con sentencia firme y vigente por las conductas de los mencionados supuestos, equiparables al Código Penal del Estado; así como si se encuentran inscritas en el registro de deudores alimentarios morosos.

La nueva redacción del artículo 38 resulta relevante, debido a que se aplicará la suspensión de los derechos ciudadanos a personas sentenciadas por agresión sexual, así como a deudores alimenticios, lo que significa que no podrán aspirar a ningún cargo en la función pública.

Lugo Hernández, enfatizó en que los primeros filtros son los partidos políticos, debido a que saben en qué situación están sus aspirantes, quienes en un acto de honestidad deberían también informar si están en algunos de estos supuestos.

Destacó que, con la aprobación de estos lineamientos, la erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género se verá fortalecida con estas acciones, toda vez que nos enfrentamos ante un proceso electoral de grandes retos, como lo son el cumplimiento de principio de paridad, la implementación de las acciones afirmativas para los grupos en situación de vulnerabilidad, así como de la participación de todas las personas sin discriminación y en ambientes libres de violencia.

Hizo un llamado a los actores políticos con la finalidad de no permitir que personas violentadoras aspiren a ocupar cargos de poder, puntualizó.

Quienes se encuentren en dicha situación no podrán ser registrados como candidatos a cualquier cargo de elección popular, ni serán nombrados para empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

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