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Acusativo y dativo como complementos del verbo

Por: Ricardo Hernández El Día Lunes 24 de Enero del 2022 a las 09:23

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En el estudio que estoy llevando a cabo acerca de la función que desempeñan las partes de la oración gramatical, en esta ocasión me interesó un tema el cual quiero compartir con ustedes. Me refiero al estudio del “Complemento del verbo” que viene en la parte II, del capítulo XV, que viene en el libro del gramático español Samuel Gili Gaya: “Curso superior de sintaxis española”.

En este caso se explica la posición del acusativo o la del dativo con respecto a la acción verbal.

Trataré de exponer con mis propias palabras lo que entendí sobre el estudio que realicé durante estos días, aunque también tuve que leer otros dos libros para comprender un poco mejor algunos detalles sobre esta investigación.

Los libros son: “Larousse, Conjugación Lengua española”, y “Aprende gramática rápido y fácil”, éste último de Aída Calderón y Elizabeth Sayún.

Para empezar, les diré que un verbo transitivo exige la presencia de un agente que es quien realiza la acción del verbo, y un paciente que la recibe.

El acusativo (persona o cosa) es quien recibe la acción directa del verbo, por lo que el dativo la recibe indirectamente.

Otra manera de entender esta parte es lo que se conoce como complemento directo e indirecto con respecto a la cercanía del verbo.

Uno de los ejemplos con el que se ilustra esta parte, es el siguiente:

El comerciante pagó su deuda a Andrés.

La pregunta que me hago es la siguiente: ¿quién recibe directamente la acción del verbo: su deuda o a Andrés?

De acuerdo con la explicación del autor, “su deuda” viene siendo el acusativo, y “a Andrés” es el dativo, puesto que quien recibe directamente la acción del verbo es “su deuda”, y “a Andrés” es quien la recibe indirectamente.

Pero si le quitamos a la oración la parte que dice: “su deuda”, y dejamos: “El comerciante pagó a Andrés”, entonces el dativo “a Andrés”, pasará a ser el acusativo, porque ahora es el que recibe la acción directa del verbo: ahora hay un solo complemento.

Una de las dudas que yo había tenido desde hace tiempo consistía en saber cuál era el complemento directo y cuál el indirecto en una oración, y qué posición ocupaban los complementos circunstanciales de lugar modo y tiempo.

Este breve estudio que he llevado a cabo me ha ilustrado mucho para entender qué es el acusativo y qué posición puede ocupar con respecto al verbo, y qué es el dativo y en qué condiciones se puede mover de lugar cuando el acusativo es sustituido.

La oración simple que nos ha servido como ejemplo lleva un verbo transitivo; es decir, en la oración hay un agente y un paciente. En un verbo intransitivo solo requiere un agente que es el que realiza la acción, no existe un paciente y no lleva complemento directo, aunque sí puede llevar complementos circunstanciales.

El ejemplo siguiente lo encontramos en el libro Larousse:

Los trabajadores descansaron bajo el tejado.

Aquí no se está intentando modificar o afectar a algo o a alguien. Lo que se está diciendo en la oración es que los trabajadores descansaron bajo el tejado. Después del verbo “descansaron”, hay un complemento circunstancial de lugar; esto último así lo entiendo.

Estoy por concluir mi estudio sobre los sustantivos y adjetivos, qué posición debe ocupar uno con respecto al otro; es decir, qué función cumple el adjetivo cuando va antes del sustantivo o cuando va después.

Lo que me atrevo a decir de manera general, es que hay adjetivos que pueden ir antes del sustantivo, pero también pueden ir después. Esta parte del estudio se puede ver o analizar desde diferentes puntos de vista: lógico; con una interpretación psicológica o desde un punto de vista de la estructura sintáctica y rítmica.

Ricardo Hernández Hernández
Poeta y columnista

Colaborador del portal:” Hoy Tamaulipas” hasta la fecha.
Actualmente estoy cursando un “Diplomado en Creación literaria” en la Biblioteca del Centro Cultural Tamaulipas, con el maestro José Luis Velarde.

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