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Continúan pendientes de resolver impugnaciones por parte del TEE en SLP

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí tiene como plazo hasta antes del 25 de agosto para resolver el juicio de nulidad de la pasada elección local solicitado por la coalición “Si por San Luis Potosí” y su candidato, Octavio Pedroza Gaitán
Por: AIMX El Día Jueves 24 de Junio del 2021 a las 09:16

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí tiene como plazo hasta antes del 25 de agosto para resolver el juicio de nulidad de la pasada elección local
Autor: AIMX
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San Luis Potosí, SLP, (Agencia Informativa de México).- El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí tiene como plazo hasta antes del 25 de agosto para resolver el juicio de nulidad de la pasada elección local solicitado por la coalición “Si por San Luis Potosí” y su candidato, Octavio Pedroza Gaitán, mismo que señala inconsistencias del proceder en campaña de Ricardo Gallardo Cardona.

Los agravios que se hacen valer son prácticamente los mismos en ambos casos”, señaló la magistrada presidenta del tribunal, Dennise Adriana Porras Guerrero, “ahorita estamos en la etapa de sustanciación, de recibir los informes circunstanciados y de hacer los requerimientos correspondientes”.

Los casos a los que se refirió la jurista son el juicio de nulidad electoral firmado por la coalición conformada por el PAN, el PRI, el PRD y CP por una parte y la demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano interpuesta por Pedroza Gaitán.

La Ley de Justicia Electoral le fija como plazo máximo para resolver al órgano jurisdiccional el día 25 de agosto”, indicó, “sin embargo ello no implica que la resolución pudiera ser aprobada antes”, afirmó y añadió que el proceso ha de prolongarse lo suficiente como “para que todavía se tenga la oportunidad de agotar la cadena impugnativa”.

Advirtió además que “de ser controvertida la sentencia del tribunal local, este deberá remitir el asunto directamente a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, situación que a su vez tiene como plazo antes del 26 de septiembre, fecha en la que el candidato con constancia de mayoría asume el cargo si no es revocado el proceso en la determinación final.

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