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Secretaría del Trabajo promueve cumplimiento de normas en seguridad laboral

De acuerdo con la dependencia, el artículo 134 fracción II de la Ley Federal del Trabajo ordena a los trabajadores atender las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y ambiente de trabajo
Por: Notimex El Día Martes 18 de Julio del 2017 a las 11:50

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) promueve entre patrones y empleados el cumplimiento de normas y obligaciones en materia de seguridad y salud, a fin de reducir riesgos.
Autor: Notimex
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México, (Notimex).- Debido a que la mayoría de los accidentes laborales ocurren por la omisión en el uso de equipo de protección personal o por la baja calidad de sus materiales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) promueve entre patrones y empleados el cumplimiento de normas y obligaciones en materia de seguridad y salud, a fin de reducir riesgos.

De acuerdo con la dependencia, el artículo 134 fracción II de la Ley Federal del Trabajo ordena a los trabajadores atender las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y ambiente de trabajo, así como las señaladas por los patrones.

Señaló que los patrones, a su vez, conforme el artículo 343-C, fracciones III y IV de dicha ley, deben identificar y analizar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto y área del centro laboral, e informarles de los peligros para la salud y las medidas de prevención y protección aplicables.

Corresponde a las empresas proporcionar el equipo correspondiente a sus trabajadores, así como capacitarlos respecto de su utilización, funcionamiento y aplicación de acuerdo con la región anatómica, subrayó.

En ese sentido, indicó que dicho equipo deberá ser de uso personal, acorde a las características físicas de los empleados, además de contar con indicaciones, instrucciones o procedimientos del fabricante para su uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final.

La Secretaría también se refirió a la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo, que establece los requisitos mínimos para que el dueño de la empresa seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores ropa y utensilios para protegerlos de agentes del ambiente laboral que puedan dañar su integridad física y su salud.

Entre otras indicaciones, la Norma ordena identificar las limitaciones del equipo de protección personal e incluir la información sobre la capacidad o grado de protección que éste ofrece, así como los datos que describan los casos en que no proporciona protección o dónde no se debe usar.

Además, aclaró, debe considerarse el tiempo de vida útil del equipo que el fabricante recomiende y las fallas o deterioros que el trabajador identifique, de tal forma que impida su óptimo funcionamiento.

Agregó que la Norma, que puede ser consultada en www.gob.mx/stps, Sección Documentos, contiene una guía de referencia que permite a las empresas y a los empleados seleccionar el equipo de protección personal para la región anatómica del cuerpo expuesta y la protección que se requiere dar.

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