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CEE-NL establece paridad de género para elección de diputados y alcaldes

La Comisión Estatal Electoral aprobó los lineamientos para garantizar la paridad de género en las elecciones de Diputaciones locales y Ayuntamientos, en el proceso electoral 2020-2021 en Nuevo León
Por: AIMX El Día Martes 29 de Septiembre del 2020 a las 14:02

La CEE señaló que de esta forma, se asegura que los partidos políticos y las coaliciones postulen candidaturas en un 50 por ciento de hombres y 50 por ciento de mujeres
Autor: AIMX
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Monterrey, NL. - La Comisión Estatal Electoral (CEE) aprobó los lineamientos para garantizar la paridad de género en las elecciones de Diputaciones locales y Ayuntamientos, en el proceso electoral 2020-2021 en Nuevo León.

La CEE señaló que de esta forma, se asegura que los partidos políticos y las coaliciones postulen candidaturas en un 50 por ciento de hombres y 50 por ciento de mujeres, generando una mayor visibilidad al género femenino, e incrementando su acceso a cargos político-electorales.

Respecto a las postulaciones para Diputaciones, se estableció que las fórmulas deberán integrarse por personas propietarias y suplentes del mismo género, con excepción del caso en que la fórmula de la candidatura propietaria sea de género masculino, su suplente podrá ser de género femenino.

Asimismo, los partidos políticos y coaliciones deben generar dos bloques de la mitad de los distritos para los que se postulen candidatas y candidatos, listándolos en prelación conforme a porcentajes de votación, y tienen que postular al menos, la mitad de las fórmulas de un género distinto en cada bloque.

Señaló que en cuanto al procedimiento para la asignación de las diputaciones por el principio de representación proporcional y plurinominales, el organismo llevará a cabo la asignación tomando en cuenta la brecha de género, la asignación por etapas y los ajustes de paridad.

“Por lo que se refiere a la postulación para las elecciones de Ayuntamientos, el órgano electoral garantizó laparidad vertical y horizontal al determinar que las fórmulas en regidurías y sindicaturas deben integrarse por personas propietarias y suplentes del mismo género, con excepción del caso en que la fórmula de la candidatura propietaria sea de género masculino, su suplente podrá ser de género femenino”, detalló.

Además, implementó la paridad horizontal bajo un principio de transversalidad, a través de un sistema de tres bloques poblaciones y tres sub-bloques de competitividad electoral; cuya división es con base en el número de regidurías que tiene cada uno de éstos.

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