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Sección: Editoriales / Golpe a golpe

Enemigo en casa

Por: Juan Sánchez-Mendoza 14/06/2011 | Actualizada a las 22:48h
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La página electrónica del Partido Acción Nacional (PAN) reproduce ya el documento con que se vetó la elección de su nueva estructura dirigente, aquí en Tamaulipas, merced a un probable delito fiscal y al doloso cobro de cheques en perjuicio de las finanzas partidistas.
 
Como sospechoso del primer ilícito aparece Francisco Javier Garza de Coss --por falsificar, clonar o alterar facturas “para comprobar gastos de representación”--; y en el segundo se involucra a Silvia Leticia Cacho Tamez, quien además es señalada por incumplimiento en su cargo.
 
Al alcance de mi mano hay una copia del documento SG/0201/2011 elaborado por la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del membrete albiceleste, Cecilia Romero Castillo, donde claramente se lee que por instrucciones de su dirigente Gustavo Madero Muñoz queda invalidada la convocatoria emitida por Garza de Coss para elegir nueva estructura del Comité Directivo Estatal (CDE), ante la sospecha de que hay delitos qué perseguir.
 
Usted seguramente dirá que eso ya no es noticia.
 
Y la razón le asiste.
 
Sobre todo cuando ha transcurrido casi una semana del hecho.
 
Pero en descargo de mi insistencia sobre el particular, reproduzco algunas otras razones de peso que llevaron al alto mando albiceleste a posar su mirada en sus huestes estatales.
 
Información partidista
 
El jueves nueve del mes que cursamos, Rodrigo Monrreal Briseño convocó a conferencia de prensa para anunciar que no habría elección de presidente y miembros del Comité Directivo Estatal el sábado once, tal y como estaba previsto.
 
O sea, dos días después, por determinación del CEN.
 
Hizo alusión al trance que enfrenta Francisco Javier Garza de Coss.
 
Solamente, pero nunca habló de la situación de Silvia Cacho ni de otros próceres de la clase política albiceleste en el estado, que han dificultado además de la renovación de su dirigencia estatal la cohesión de su poca militancia.
 
Por eso doy paso a otras situaciones adversas (para el PAN) que en poco o mucho han contribuido al escándalo político-partidista más fuerte del momento, rebasando incluso las controversias registradas entre la militancia del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
 
Consigna el documento enviado al secretario general en funciones de presidente del CDE, Rodrigo Monrreal Briseño:
 
a) El 12 de abril de 2011, fue aprobada la convocatoria para elegir presidente y miembros del Comité Directivo Estatal, para el período 2011-2014.
 
b) El 27 de abril de 2011 se publicó la convocatoria para la segunda sesión extraordinaria del Consejo Estatal, a celebrarse el 11 de junio del mismo año.
 
c) En sesión extraordinaria del Comité Directivo Estatal, con fecha 28 de mayo de 2011, fueron aprobados los registros de los candidatos a presidente del CDE, siendo estos: Silvia Leticia Cacho Tamez, María Eugenio de León Pérez, Francisco Javier Garza de Coss, Lázara Nelly González Aguilar, Rolando González Tejeda, Eliacib Adiel Leija Garza y Edgar Vargas Arizavalo.
 
d) En la sesión extraordinaria del Comité Directivo Estatal con fecha 28 de mayo de 2011, se rechazó el registro de Ricardo Villarreal Mendoza, por no presentar constancia de no haber sido sancionado por la Comisión de Orden del Consejo Estatal en Tamaulipas.
 
e) Con fecha 19 de mayo de 2011, la Comisión de Orden del Consejo Estatal de Tamaulipas suspende de sus derechos partidistas por el término de tres años a los consejeros estatales Flavio Eliel Ramírez Chapa, Silvano Flores Morán y Ricardo Villarreal Mendoza.
 
f) Con fecha 19 de mayo de 2011, en sesión ordinaria, la Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional resuelve poner a consideración del pleno del Comité Ejecutivo Nacional determinar (las) sanciones correspondientes; y posteriormente solicitar a la Comisión de Orden del Consejo Nacional iniciar procedimiento de sanción a Francisco Javier Garza de Coss, Rolando González Tejeda, entre otros, por incumplimiento en sus cargos dentro del Comité Directivo Estatal y por haber alterado los documentos contables del Comité Directivo Estatal de Tamaulipas; así como proceder a firmar cheques de manera dolosa (y prestarse al cobro indebido de éstos).
 
g) Con fecha 19 de mayo de 2011, en sesión ordinaria, la Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional resuelve poner a consideración del pleno del Comité Ejecutivo Nacional determinar sanciones correspondientes, y posteriormente solicitar a la Comisión de Orden del Consejo Estatal de Tamaulipas y a la Comisión de Orden del Consejo Nacional, iniciar procedimiento de sanción a Silvia Leticia Cacho Tamez, entre otros, por incumplimiento en sus cargos; así como proceder de manera dolosa al cobro indebido de cheques emitidos de cuenta ordinaria federal del partido, afectando la aplicación de los recursos.
 
h) En fecha 6 de junio de 2011, se puso a consideración del Comité Ejecutivo Nacional el dictamen CVCN / 047 / 11 emitido por la Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional en fecha 19 de mayo de 2011.
 
Actitud dirigente
 
Derivado de esas circunstancias, Cecilia Romero Castillo hizo saber a sus huestes estatales que:
 
I) El Comité Ejecutivo Nacional es competente para vigilar la observancia de los Estatutos y de los reglamentos por parte de los órganos, dependencias y miembros del partido en términos de la fracción II del artículo 64 de los Estatutos Generales del Partido.
 
II) De igual manera el Comité Ejecutivo Nacional es competente para vetar previo dictamen fundado y motivado las decisiones de los comités directivos estatales si resultan ser contrarias a los principios y objetivos del partido.
 
III) El Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, conforme lo dispone el artículo 67, fracción X, de los Estatutos, tiene la atribución de determinar las providencias que juzgue convenientes para el partido, en casos urgentes y cuando no sea posible convocar al Comité Ejecutivo Nacional.
 
IV) En razón de que en la sesión extraordinaria del Comité Directivo Estatal del PAN celebrada en fecha 12 de abril de 2011 en Tamaulipas, se aprobó la convocatoria a la segunda sesión extraordinaria del Consejo Estatal para efecto de elegir presidente y miembros del Comité Directivo Estatal, para el período 2011-2014, misma que se celebraría en fecha 11 de junio de 2011, se está en presencia de un caso de urgente resolución, pues tomando como referencia la fecha de celebración de la sesión, es decir, el 11 de junio de 2011, resulta necesario pronunciarse sobre los nuevos elementos recibidos con anterioridad a dicha fecha.
 
V) Consecuentemente, esperar la siguiente sesión ordinaria del Comité Ejecutivo Nacional, a celebrarse el próximo mes de julio de 2011, no permitiría garantizar la equidad y regularidad del proceso de elección de presidente y miembros del Comité Directivo Estatal en Tamaulipas.
 
VI) En virtud de que como se expresa en los numerales siete y ocho del presente dictamen, la Comisión de Vigilancia solicita al pleno del Comité Ejecutivo Nacional iniciar los procedimientos de sanción ante la Comisión de Orden competente en contra de tres de los siete candidatos a presidente del Comité Directivo Estatal, se vuelve necesario determinar con anterioridad a la celebración de la sesión del Consejo Estatal para efecto de elegir presidente y miembros del Comité Directivo Estatal, para el período 2011-2014, si es procedente o no iniciar los procedimientos de sanción y en su caso desahogarlos a fin garantizar certeza sobre la elegibilidad de los mismos, ya que ser procedentes las sanciones, ninguno de los tres candidatos podrían formar parte de los órganos de gobierno del partido.
 
VII) Así las cosas, en el supuesto de que fueran electos cualquiera de los candidatos que se encuentran señalados por la Comisión de Vigilancia, en razón de que ocuparían el cargo de presidente del Comité Directivo Estatal, los mismos tendrían que ser separados del cargo, y se estaría a lo dispuesto por el artículo 90 de los Estatutos Generales donde el secretario general del Comité Directivo Estatal sustituiría al presidente en sus faltas temporales, por tal motivo al no ser electo el secretario general por los consejeros estatales les privaría del derecho de facto de elegir a la dirigencia estatal.
 
VIII) Finalmente, tomando en consideración que el Comité Ejecutivo Nacional debe salvaguardar la transparencia y la certeza de que quienes ocupan la dirección del partido sean personas que no puedan ser cuestionadas en su probidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, lo correcto es vetar el acuerdo por el que se convoca a renovar la dirigencia hasta entonces no se lleven a cabo los procedimientos a que hace referencia la normatividad interna a fin de que se deslinden las responsabilidades que se imputan a los candidatos, estableciendo que este veto no implica juicio alguno sobre la culpabilidad de los señalados por la Comisión de Vigilancia.
 
Corolario
 
El documento rubricado por Cecilia Romero Castillo no admite lugar a dudas.
 
Hay panistas investigados, otros inhabilitados; también desconfianza y hasta disposición para castigar a quienes a nombre del PAN incurrieron en ilícitos fiscales, abuso de confianza, peculado y más.
 
Entonces, ¿pa’ qué tanto ruido estando el suelo tan parejo?
 
Em@il:
jusam_gg@hotmail.com
golpeagolpe@prodigy.net.mx 

Juan Sánchez Mendoza
Ha ejercido el periodismo durante más de tres décadas, alcanzado premios estatales en dos ocasiones; autor del libro "68. Tiempo de hablar"(que refiere pormenores del memorable movimiento estudiantil); autor de ensayos literarios; y reportero de investigación de tiempo completo, acá en territorio nacional y más allá de nuestras fronteras y del continente americano.
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