Por: Juan Sánchez-Mendoza14/06/2011 | Actualizada a las 22:48h
La Nota se ha leído 2000 Veces
La página electrónica del Partido Acción Nacional (PAN)
reproduce ya el documento con que se vetó la elección de su nueva estructura
dirigente, aquí en Tamaulipas, merced a un probable delito fiscal y al doloso
cobro de cheques en perjuicio de las finanzas partidistas. Como sospechoso del primer ilícito aparece Francisco
Javier Garza de Coss --por falsificar, clonar o alterar facturas “para
comprobar gastos de representación”--; y en el segundo se involucra a Silvia
Leticia Cacho Tamez, quien además es señalada por incumplimiento en su cargo. Al alcance de mi mano hay una copia del documento
SG/0201/2011 elaborado por la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional
(CEN) del membrete albiceleste, Cecilia Romero Castillo, donde claramente se
lee que por instrucciones de su dirigente Gustavo Madero Muñoz queda invalidada
la convocatoria emitida por Garza de Coss para elegir nueva estructura del
Comité Directivo Estatal (CDE), ante la sospecha de que hay delitos qué
perseguir. Usted seguramente dirá que eso ya no es noticia. Y la razón le asiste. Sobre todo cuando ha transcurrido casi una semana del
hecho. Pero en descargo de mi insistencia sobre el particular,
reproduzco algunas otras razones de peso que llevaron al alto mando albiceleste
a posar su mirada en sus huestes estatales. Información
partidista El jueves nueve del mes que cursamos, Rodrigo Monrreal
Briseño convocó a conferencia de prensa para anunciar que no habría elección de
presidente y miembros del Comité Directivo Estatal el sábado once, tal y como
estaba previsto. O sea, dos días después, por determinación del CEN. Hizo alusión al trance que enfrenta Francisco Javier
Garza de Coss. Solamente, pero nunca habló de la situación de Silvia
Cacho ni de otros próceres de la clase política albiceleste en el estado, que
han dificultado además de la renovación de su dirigencia estatal la cohesión de
su poca militancia. Por eso doy paso a otras situaciones adversas (para el
PAN) que en poco o mucho han contribuido al escándalo político-partidista más
fuerte del momento, rebasando incluso las controversias registradas entre la
militancia del Partido de la Revolución Democrática (PRD). Consigna el documento enviado al secretario general en
funciones de presidente del CDE, Rodrigo Monrreal Briseño: a) El 12 de abril de 2011, fue aprobada la convocatoria
para elegir presidente y miembros del Comité Directivo Estatal, para el período
2011-2014. b) El 27 de abril de 2011 se publicó la convocatoria para
la segunda sesión extraordinaria del Consejo Estatal, a celebrarse el 11 de
junio del mismo año. c) En sesión extraordinaria del Comité Directivo Estatal,
con fecha 28 de mayo de 2011, fueron aprobados los registros de los candidatos
a presidente del CDE, siendo estos: Silvia Leticia Cacho Tamez, María Eugenio
de León Pérez, Francisco Javier Garza de Coss, Lázara Nelly González Aguilar,
Rolando González Tejeda, Eliacib Adiel Leija Garza y Edgar Vargas Arizavalo. d) En la sesión extraordinaria del Comité Directivo
Estatal con fecha 28 de mayo de 2011, se rechazó el registro de Ricardo
Villarreal Mendoza, por no presentar constancia de no haber sido sancionado por
la Comisión de Orden del Consejo Estatal en Tamaulipas. e) Con fecha 19 de mayo de 2011, la Comisión de Orden del
Consejo Estatal de Tamaulipas suspende de sus derechos partidistas por el
término de tres años a los consejeros estatales Flavio Eliel Ramírez Chapa,
Silvano Flores Morán y Ricardo Villarreal Mendoza. f) Con fecha 19 de mayo de 2011, en sesión ordinaria, la
Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional resuelve poner a consideración del
pleno del Comité Ejecutivo Nacional determinar (las) sanciones
correspondientes; y posteriormente solicitar a la Comisión de Orden del Consejo
Nacional iniciar procedimiento de sanción a Francisco Javier Garza de Coss,
Rolando González Tejeda, entre otros, por incumplimiento en sus cargos dentro
del Comité Directivo Estatal y por haber alterado los documentos contables del
Comité Directivo Estatal de Tamaulipas; así como proceder a firmar cheques de
manera dolosa (y prestarse al cobro indebido de éstos). g) Con fecha 19 de mayo de 2011, en sesión ordinaria, la
Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional resuelve poner a consideración del
pleno del Comité Ejecutivo Nacional determinar sanciones correspondientes, y
posteriormente solicitar a la Comisión de Orden del Consejo Estatal de
Tamaulipas y a la Comisión de Orden del Consejo Nacional, iniciar procedimiento
de sanción a Silvia Leticia Cacho Tamez, entre otros, por incumplimiento en sus
cargos; así como proceder de manera dolosa al cobro indebido de cheques
emitidos de cuenta ordinaria federal del partido, afectando la aplicación de
los recursos. h) En fecha 6 de junio de 2011, se puso a consideración
del Comité Ejecutivo Nacional el dictamen CVCN / 047 / 11 emitido por la
Comisión de Vigilancia del Consejo Nacional en fecha 19 de mayo de 2011. Actitud dirigente Derivado de esas circunstancias, Cecilia Romero Castillo
hizo saber a sus huestes estatales que: I) El Comité Ejecutivo Nacional es competente para
vigilar la observancia de los Estatutos y de los reglamentos por parte de los
órganos, dependencias y miembros del partido en términos de la fracción II del
artículo 64 de los Estatutos Generales del Partido. II) De igual manera el Comité Ejecutivo Nacional es
competente para vetar previo dictamen fundado y motivado las decisiones de los
comités directivos estatales si resultan ser contrarias a los principios y
objetivos del partido. III) El Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del
Partido Acción Nacional, conforme lo dispone el artículo 67, fracción X, de los
Estatutos, tiene la atribución de determinar las providencias que juzgue
convenientes para el partido, en casos urgentes y cuando no sea posible
convocar al Comité Ejecutivo Nacional. IV) En razón de que en la sesión extraordinaria del
Comité Directivo Estatal del PAN celebrada en fecha 12 de abril de 2011 en
Tamaulipas, se aprobó la convocatoria a la segunda sesión extraordinaria del
Consejo Estatal para efecto de elegir presidente y miembros del Comité
Directivo Estatal, para el período 2011-2014, misma que se celebraría en fecha
11 de junio de 2011, se está en presencia de un caso de urgente resolución,
pues tomando como referencia la fecha de celebración de la sesión, es decir, el
11 de junio de 2011, resulta necesario pronunciarse sobre los nuevos elementos
recibidos con anterioridad a dicha fecha. V) Consecuentemente, esperar la siguiente sesión
ordinaria del Comité Ejecutivo Nacional, a celebrarse el próximo mes de julio
de 2011, no permitiría garantizar la equidad y regularidad del proceso de
elección de presidente y miembros del Comité Directivo Estatal en Tamaulipas. VI) En virtud de que como se expresa en los numerales
siete y ocho del presente dictamen, la Comisión de Vigilancia solicita al pleno
del Comité Ejecutivo Nacional iniciar los procedimientos de sanción ante la
Comisión de Orden competente en contra de tres de los siete candidatos a
presidente del Comité Directivo Estatal, se vuelve necesario determinar con
anterioridad a la celebración de la sesión del Consejo Estatal para efecto de
elegir presidente y miembros del Comité Directivo Estatal, para el período
2011-2014, si es procedente o no iniciar los procedimientos de sanción y en su
caso desahogarlos a fin garantizar certeza sobre la elegibilidad de los mismos,
ya que ser procedentes las sanciones, ninguno de los tres candidatos podrían
formar parte de los órganos de gobierno del partido. VII) Así las cosas, en el supuesto de que fueran electos
cualquiera de los candidatos que se encuentran señalados por la Comisión de
Vigilancia, en razón de que ocuparían el cargo de presidente del Comité
Directivo Estatal, los mismos tendrían que ser separados del cargo, y se
estaría a lo dispuesto por el artículo 90 de los Estatutos Generales donde el
secretario general del Comité Directivo Estatal sustituiría al presidente en
sus faltas temporales, por tal motivo al no ser electo el secretario general
por los consejeros estatales les privaría del derecho de facto de elegir a la dirigencia
estatal. VIII) Finalmente, tomando en consideración que el Comité
Ejecutivo Nacional debe salvaguardar la transparencia y la certeza de que
quienes ocupan la dirección del partido sean personas que no puedan ser
cuestionadas en su probidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, lo
correcto es vetar el acuerdo por el que se convoca a renovar la dirigencia
hasta entonces no se lleven a cabo los procedimientos a que hace referencia la
normatividad interna a fin de que se deslinden las responsabilidades que se
imputan a los candidatos, estableciendo que este veto no implica juicio alguno
sobre la culpabilidad de los señalados por la Comisión de Vigilancia. Corolario El documento rubricado por Cecilia Romero Castillo no
admite lugar a dudas. Hay panistas investigados, otros inhabilitados; también
desconfianza y hasta disposición para castigar a quienes a nombre del PAN
incurrieron en ilícitos fiscales, abuso de confianza, peculado y más. Entonces, ¿pa’ qué tanto ruido estando el suelo tan parejo? Em@il: jusam_gg@hotmail.com golpeagolpe@prodigy.net.mx
Juan Sánchez Mendoza
Ha ejercido el periodismo durante más de tres décadas, alcanzado premios estatales en dos ocasiones; autor del libro "68. Tiempo de hablar"(que refiere pormenores del memorable movimiento estudiantil); autor de ensayos literarios; y reportero de investigación de tiempo completo, acá en territorio nacional y más allá de nuestras fronteras y del continente americano.
Síguenos y entérate de lo que ocurre en #Tamaulipas