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Sección: Editoriales / Opinión Económica

Debate de salarios mínimos no resuelve la desigualdad

Por: Jorge Lera Mejía 10/11/2015 | Actualizada a las 22:00h
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Cita Marco A. Mares, en su columna Fortuna y Poder (Blog M. Mares, 14/08/2014), que la historia de los salarios mínimos en México desde su implementación en 1917, […] ha sido tema de debate; se han hecho al menos tres reformas constitucionales en la materia, por lo que hoy que vuelve a ser tema de controversia, es necesario repasar un poco su historia.

El salario mínimo es la remuneración mínima establecida legalmente para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a los trabajadores. Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX y los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate en todo el mundo.

En México, la figura fue establecida por primera vez en la Constitución de 1917, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 5 de febrero de ese año. El artículo 123, fracción VI, de la Carta Magna establece que el salario mínimo deberá ser suficiente “para satisfacer las necesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia”.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en 1917 el artículo 123 establecía que los salarios mínimos debían ser fijados por comisiones especiales en cada municipio, subordinadas a la Junta Central de Conciliación que debería instalarse en cada estado.

La Ley Federal del Trabajo, que reglamentaba el artículo 123 constitucional, fue expedida finalmente en 1931 y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1933, reforzaron la idea de un sistema de fijación de los salarios constituido por comisiones especiales integradas en cada municipio.

Aun cuando la federalización de la legislación laboral coadyuvó al gradual mejoramiento del cumplimiento de las normas laborales, también pudieron apreciarse múltiples deficiencias en el sistema de fijación de los salarios mínimos a lo largo de varias décadas, por lo que surgió un nuevo debate para cambiar el procedimiento.

A principios de la década de los sesenta, se decidió fijarlo por zonas económicas en vez de municipios. Para ello, en 1963 se modificó la el artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo, y se crearon la Comisión Nacional y 111 Comisiones Regionales de los Salarios Mínimos. En diciembre de 1986, el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados aprobaron una iniciativa que reformó nuevamente el sistema. A partir del 1 de enero de 1987, los salarios mínimos fueron fijados por una sola Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami).

Entre otras cosas dicha reforma señalaba que los salarios serían fijados por áreas geográficas que podían estar integradas por uno o más municipios, de una o más entidades federativas, sin limitación alguna. Esta disposición permitió corregir deficiencias e inconsistencias observadas en cuanto a las zonas de aplicación de los salarios mínimos, así como tomar en cuenta, cuando fue necesario, las características particulares de áreas geográficas de rápido desarrollo o con características especiales.

La Comisión Nacional de Salarios Mínimos es un organismo público descentralizado, su máximo órgano de decisión es el Consejo de Representantes y está integrado por representantes de los trabajadores, de los empresarios y del gobierno. Esta estructura es la que sigue funcionando en la actualidad, aunque ha habido algunos cambios; en 2012 se redujo de tres a dos el número de zonas para el nivel de salarios […]

Hasta llegar al 28 de septiembre 2015, el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó homologar la zona económica ‘B’ con la ‘A’ por lo que a partir del jueves 1 de octubre el salario mínimo general en todo México es de 70.10 pesos diarios.

Los representantes del órgano tripartito (gobierno, empresarios y trabajadores) coincidieron en conferencia de prensa que es un hecho histórico, que contribuye a resarcir la pérdida del poder adquisitivo de los mexicanos. Actualmente el salario en la zona ‘B’ es de 68.28 pesos diarios y en la ‘A’ de 70.10 pesos.

Sin embargo, estas afirmaciones distan mucho de ser ciertas y valederas para la mayoría de los trabajadores de todo el país, que solo reciben entre uno hasta cuatro salarios mínimos, por lo que […] Entre 1991 y 2014 el salario mínimo perdió anualmente el 2.2 por ciento de su valor. Esos 23 años coinciden con la presidencia de Basilio González en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

Mientras que el salario de los trabajadores se desfondó en 53 por ciento, González ha sobrevivido a cinco gobiernos federales con un sueldo que equivale a 88 veces el salario mínimo antes del pago de impuestos (173 mil pesos mensuales), o 65 veces después de ellos (121 mil pesos). Con este último puede adquirir 110 de la canasta alimentaria de Coneval, o 110 veces de la no alimentaria; o 54 de las dos al mismo tiempo.

Con sus percepciones, el presidente y sus secretarios de Estado pueden adquirir hasta 65 veces ambas canastas. Y mientras la CEPAL informa que países como Argentina, Brasil, Chile o Uruguay muestran una mejoría del salario mínimo –que se ha traducido en una caída de la DESIGUALDAD, un aumento del empleo y la formalización laboral–, México es el único de la región en el que tal salario es inferior (0.66 veces) al umbral de la pobreza […] (Marcos Chávez, Contra Línea, 8/10/2014).

Por ello, el debate actual se debe a que el salario mínimo ha perdido significativamente su poder adquisitivo y la mayoría de los promotores e involucrados en la discusión aceptan que los trabajadores pueden comprar cada vez menos.

Uno de los políticos que han estado debatiendo los últimos dos años la política de salarios mínimos en México, es el jefe del Gobierno del Distrito Federal (GDF) Miguel Ángel Mancera, que rechazó que la homologación de los salarios mínimos en el país resuelva el problema de pobreza en México. Insistió en que la desindexación “es fundamental e indispensable” para combatir dicho flagelo.

Mancera Espinosa dijo que por ello lo más importante es avanzar en el Senado de la República para desvincularlo de diversos ordenamientos legales y con ello buscar el aumento real de los minisalarios, con lo cual se beneficiaría la población más vulnerable. "Este nuevo salario aprobado, sigue estando por debajo de la línea” que marca el Consejo Nacional de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).

El pasado 28 de noviembre de 2014, Mancera promulgó el decreto para expedir la Ley de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México; con esta medida se sustituyó el concepto de salario mínimo en la legislación del DF empleado como referencia para calcular conceptos como multas en la capital del país.

Sin embargo, el gobierno federal representado por  la SHCP, propuso a fines de 2014 […] La negativa a incrementar el salario mínimo más allá de la tasa de inflación programada por Luis Videgaray –titular de Hacienda y Crédito Público– y Agustín Carstens –gobernador del Banco de México– para lo que resta del sexenio, 3 por ciento cada año entre 2015 y 2018, +/- 1 punto porcentual.

Esto se convirtió en un consenso entre los secretarios del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete, y de Economía, Ildefonso Guajardo; el presidente de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, Basilio González; los dirigentes empresariales Gerardo Gutiérrez o Juan Pablo Castañón; y organismos internacionales, como el Banco Mundial, representado por Augusto de la Torre, su economista en jefe para América Latina y el Caribe […]

En 1994, se dijo que con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) los trabajadores mexicanos estarían felices, porque sus salarios tenderían a converger con los pagados por nuestros socios. Pero sucedió exactamente lo contrario. Entre 1993 y 2013 el mínimo real por hora de Canadá pasó de 6.48 dólares estadunidenses a 7.85 dólares; aumentó 21 por ciento. El de Estados Unidos subió de 6.76 dólares a 7.11 dólares, en 5.2 por ciento. Sólo el mexicano tuvo mala suerte: cayó de 1.7 dólares a 83 centavos de dólar; es menor en 22 por ciento.

Esta realidad solo la ven los mexicanos “de a pie”, pero los tecnócratas amenazan que no puede aumentar más que la inflación anual los salarios mínimos por el riesgo inflacionario, no obstante que los propios voceros de la iniciativa privada opinan lo contrario. Así lo declaró en octubre de 2014 Luis Foncerrada, director del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, que reconoce que un alza al salario mínimo en la proporción señalada por Mancera (aumento a 82.86 pesos diarios) apenas repercutiría en 1 punto porcentual en la inflación. Pero advierte que si se “contagian los salarios medios, la inflación será hasta de 8 por ciento”.

En fin, este debate continuará por el resto del sexenio de Enrique Peña Nieto, con la seguridad que no variará la postura de Videgaray y Carstens, mientras la mayoría de los mexicanos continuarán sufriendo los estragos de pago de la canasta básica cada vez más inalcanzable…

Jorge Alfredo Lera Mejía

Tampiqueño, Economista (ITAM), LAE, Maestro en Economía y Doctor en Administración Pública (UAT). Asociado del INAP, Subsecretario del Exterior de la Federación del Colegio Nacional de Economistas y Vicepresidente zona noreste de la LER. Inicia su carrera en 1977 y ha desempeñado diversos cargos en la Administración Pública Federal, en Michoacán y en Tamaulipas. Catedrático en la UNAM, ITAM, ULSA y actualmente profesor-investigador por la UAT e Instructor de la Auditoría Superior de la Federación.
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