Cárcel para la cobranza extrajudicial ilegal
La cobranza comercial vía telefónica es un hostigamiento que sufren diariamente las familias y es una práctica que tiene asustados y atemorizados a miles de ciudadanos, al ser objeto de amenazas a través de documentos de cobro extrajudiciales, situación que generó malestar, inconformidad y hartazgo entre la población y la exigencia de una reforma a la Ley para frenar estos abusos.
Finalmente los diputados aplicaron una reforma a la Ley y aprobaron tipificar como delito la cobranza y hostigamiento comercial telefónico, lo cual ya entró en vigor en Tamaulipas, es decir que la autoridad competente está facultada para encarcelar y multar económicamente a quienes incurran en dichas acciones.
Es acertada y benéfica la acción legislativa votada positivamente por los diputados, ya que está incrementando el malestar de la ciudadanía por el constante hostigamiento, acoso, ofensas y amenazas de oficinas de cobranza, de instituciones bancarias y centros comerciales.
En horas de la madrigada, a media noche, por la tarde y las mañanas, la gente es molestada mediante llamadas telefónicas por personal de las casas de cobranza, despachos jurídicos, bancos y centros comerciales y no conforme con eso envían requerimientos de cobro a través de documentos extrajudiciales con contenidos amenazantes, en los cuales advierten que de no pagar el adeudo enfrentarán a la justicia.
Al velar por los intereses ciudadanos, los diputados determinaron aprobar la prohibición y castigo hasta con cárcel a quien incurra en ese método, por lo que los ciudadanos ya no sufrirán más acoso y amenazas de los prepotentes y abusivos cobradores, porque de insistir en esa práctica enfrentarán proceso penal y multa económica.
El Pleno del Congreso aprobó reformas al Código Penal para el Estado, para implementar el delito de cobranza extrajudicial ilegal, con el fin de impedir que los despachos de cobranza, empresas o bancos, acudan a mecanismos que están fuera del procedimiento legal, para promover presión hacia las personas que se encuentran en condición de deudores.
La reforma a la Ley entre en vigor a partir de este miércoles en esta entidad y los que incurran en el citado ilícito serán sancionados con seis meses y hasta tres años de prisión y una multa económica de más de 29 mil pesos. Esta acción frenará y acabará en breve tiempo con estas conductas que se llevan a cabo fuera del marco de la ley. Este delito se perseguirá por querella.
Cometerá el delito de cobranza extrajudicial ilegal, los que con la finalidad de requerir el pago de una deuda, haga uso de la violencia, amenazas o intimidación en contra del deudor o de alguien con quien éste se encuentre ligado por algún vínculo familiar, afectivo o que haya fungido como referencia o aval.
Aumentaron la pena cuando se utilicen documentos o sellos falsos, además si incurre en usurpación de funciones o de profesión.
El código Penal Federal ya tipifica la cobranza extrajudicial ilegal como delito y sanciona de uno a cuatro años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien realice esta actividad.
En Tamaulipas se propuso adicionar el artículo 307 bis para castigar de seis meses a tres años de prisión y una multa 180 a 370 unidades de medida y actualización.
Quienes sean perseguidos, acosados, intimidados, amenazados u ofendidos por los personajes de cobranza, pueden proceder a presentar una denuncia penal contra los presuntos responsables, pues si no lo hacen no podrán actuar legalmente contra los presuntos responsables.
El dato: La Contraloría del Estado a cargo de Mario Soria Landero, pidió a todos los proveedores y prestadores de servicio no entregar regalos en especie o económicos a los servidores públicos, por el periodo de Navidad y de fin de año. Advirtió el funcionario que quien reciba un regalo lo tiene que poner a disposición de la Secretaría de Administración o el órgano de control interno, porque si se descubre que lo recibió y se quedó con el obsequio, puede aplicárseles una sanción y un castigo.
Correo:jrdelasota@hotmail.com
Columnista en HOYTamaulipas
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