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SAGARPA pública lineamientos para programa de fertilizantes
En acuerdo emitido en el DOF destaca como beneficio principal la diferencia positiva entre el precio de mercado del fertilizante y el precio fijo que resulte de la aplicación del Esquema de PEMEX
Por: Staff HOYTamaulipas17/05/2010 | Actualizada a las 18:03h
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México, D.F.- Se establecen las medidas para asegurar que la industria tenga acceso a
los beneficios del Esquema de precio del amoníaco que determine Pemex y que el
beneficio se traslade a los productores agropecuarios nacionales.
La
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
(SAGARPA) publicó hoy el Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos
de operación para el acceso de los fabricantes nacionales de fertilizantes y
distribuidores de aplicación directa de amoníaco al Esquema de Petróleos
Mexicanos (PEMEX).
Mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF), la SAGARPA establece las
medidas que permiten asegurar que la industria nacional de fertilizantes y los
distribuidores de amoníaco de aplicación directa, como insumo en la producción
agropecuaria nacional tengan acceso a los beneficios del “Esquema de precio de
amoníaco que determine PEMEX”, traslade íntegramente este beneficio a los
productores agropecuarios nacionales.
Con el establecimiento del acuerdo destaca como beneficio principal la
diferencia positiva entre el precio de mercado del fertilizante y el precio
fijo que resulte de la aplicación del Esquema de PEMEX, multiplicada por el
volumen de fertilizante o amoníaco de aplicación directa, adquirido por los
productores agropecuarios.
Los productores agropecuarios nacionales, conforme a lo previsto en el presente
Acuerdo, serán sujetos de recibir los beneficios del esquema de PEMEX, mientras
que las industrias serán objeto de las acciones regulatorias de este
instrumento jurídico.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley de PEMEX, sólo podrán
tener acceso aquellos productores de fertilizantes o consumidores de amoníaco
de aplicación directa destinados a la producción agropecuaria nacional, que se
adhieran a los lineamientos de operación que emita la SAGARPA, a través de la
Subsecretaría de Agricultura, luego de previa solicitud.
Se especifica en el DOF los fabricantes de fertilizantes deberán notificar y
acreditar ante la dependencia su interés de beneficiarse con el precio
preferencial de amoniaco y que será para trasladarlo al productor final.
Se deberán firmar contratos con Pemex y aceptar que el precio que fije la
paraestatal y acceder a coberturas, en caso de que los mercados mundiales
vuelvan a tener volatilidad.
En el acuerdo se establece el Esquema de precio del amoníaco de PEMEX, que se
ofrece a la industria nacional de fertilizantes y a los distribuidores de
amoníaco de aplicación directa como insumo a la producción agropecuaria, que
contempla un suministro estable del amoníaco con base en contratos que deberán
establecer precios fijos, los mejores plazos y las mejores condiciones
disponibles en los mercados de coberturas.
En el DOF se indica que será la Subsecretaría de Agricultura de la SAGARPA, con
auxilio de las delegaciones federales, la unidad administrativa encargada de
instrumentar y aplicar las disposiciones del Acuerdo, para lo cual deberá
realizar los siguientes acciones: coordinar y supervisar la ejecución del
Acuerdo, así como el control y seguimiento de los avances para su
instrumentación y aplicación;
Así como celebrar los instrumentos y actos jurídicos que estime necesarios para
que otras instituciones públicas, privadas o sociales, colaboren en la
instrumentación y aplicación del Acuerdo; sancionar las operaciones de
arbitraje entre el precio interno del amoníaco y el internacional, con las
instancias competentes facultadas para tales efectos; fijar los términos del
resguardo y acceso a la documentación e información que le proporcionen los
industriales, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables, entre
otras.
El Acuerdo entrará en vigor a partir de mañana 18 de mayo del año en curso, es
decir, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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El Acuerdo entrará en vigor a partir de mañana 18 de mayo del año en curso, es decir, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación