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SAGARPA pública lineamientos para programa de fertilizantes
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Sección: Nacional / DF

SAGARPA pública lineamientos para programa de fertilizantes

En acuerdo emitido en el DOF destaca como beneficio principal la diferencia positiva entre el precio de mercado del fertilizante y el precio fijo que resulte de la aplicación del Esquema de PEMEX

Por: Staff HOYTamaulipas 17/05/2010 | Actualizada a las 18:03h
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México, D.F.- Se establecen las medidas para asegurar que la industria tenga acceso a los beneficios del Esquema de precio del amoníaco que determine Pemex y que el beneficio se traslade a los productores agropecuarios nacionales.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) publicó hoy el Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos de operación para el acceso de los fabricantes nacionales de fertilizantes y distribuidores de aplicación directa de amoníaco al Esquema de Petróleos Mexicanos (PEMEX).

Mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF), la SAGARPA establece las medidas que permiten asegurar que la industria nacional de fertilizantes y los distribuidores de amoníaco de aplicación directa, como insumo en la producción agropecuaria nacional tengan acceso a los beneficios del “Esquema de precio de amoníaco que determine PEMEX”, traslade íntegramente este beneficio a los productores agropecuarios nacionales.

Con el establecimiento del acuerdo destaca como beneficio principal la diferencia positiva entre el precio de mercado del fertilizante y el precio fijo que resulte de la aplicación del Esquema de PEMEX, multiplicada por el volumen de fertilizante o amoníaco de aplicación directa, adquirido por los productores agropecuarios.

Los productores agropecuarios nacionales, conforme a lo previsto en el presente Acuerdo, serán sujetos de recibir los beneficios del esquema de PEMEX, mientras que las industrias serán objeto de las acciones regulatorias de este instrumento jurídico.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley de PEMEX, sólo podrán tener acceso aquellos productores de fertilizantes o consumidores de amoníaco de aplicación directa destinados a la producción agropecuaria nacional, que se adhieran a los lineamientos de operación que emita la SAGARPA, a través de la Subsecretaría de Agricultura, luego de previa solicitud.

Se especifica en el DOF los fabricantes de fertilizantes deberán notificar y acreditar ante la dependencia su interés de beneficiarse con el precio preferencial de amoniaco y que será para trasladarlo al productor final.

Se deberán firmar contratos con Pemex y aceptar que el precio que fije la paraestatal y acceder a coberturas, en caso de que los mercados mundiales vuelvan a tener volatilidad.

En el acuerdo se establece el Esquema de precio del amoníaco de PEMEX, que se ofrece a la industria nacional de fertilizantes y a los distribuidores de amoníaco de aplicación directa como insumo a la producción agropecuaria, que contempla un suministro estable del amoníaco con base en contratos que deberán establecer precios fijos, los mejores plazos y las mejores condiciones disponibles en los mercados de coberturas.

En el DOF se indica que será la Subsecretaría de Agricultura de la SAGARPA, con auxilio de las delegaciones federales, la unidad administrativa encargada de instrumentar y aplicar las disposiciones del Acuerdo, para lo cual deberá realizar los siguientes acciones: coordinar y supervisar la ejecución del Acuerdo, así como el control y seguimiento de los avances para su instrumentación y aplicación;

Así como celebrar los instrumentos y actos jurídicos que estime necesarios para que otras instituciones públicas, privadas o sociales, colaboren en la instrumentación y aplicación del Acuerdo; sancionar las operaciones de arbitraje entre el precio interno del amoníaco y el internacional, con las instancias competentes facultadas para tales efectos; fijar los términos del resguardo y acceso a la documentación e información que le proporcionen los industriales, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables, entre otras.

El Acuerdo entrará en vigor a partir de mañana 18 de mayo del año en curso, es decir, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Acuerdo entrará en vigor a partir de mañana 18 de mayo del año en curso, es decir, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
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