Cambios en legislación acabarán con privilegios de líderes sindicales, aseguró el delegado federal de Trabajo en Tamaulipas, Arturo Rodarte Leal
Por: Armando Castillo Gutiérrez/Ciudad Victoria07/05/2010 | Actualizada a las 10:33h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El desconocimiento de la iniciativa de reforma a la Ley Federal del
Trabajo ha provocado críticas y opiniones que carecen de validez, ya que la
propuesta de reforma no limita las prestaciones laborales de los trabajadores,
sostuvo, Arturo Rodarte Leal. El Delegado Federal de Trabajo y Previsión
Social en Tamaulipas destacó que estas opiniones carecen de validez, aun en el
caso de que se pacte un número de horas inferior a la jornada ordinaria (8
horas), y que el salario, calculado proporcionalmente al tiempo trabajado, sea
inferior al salario mínimo, el trabajador gozará de las prestaciones de Ley y
de seguridad social, para cuyos efectos se calcularán las cuotas de cotización
al IMSS sobre la base de un salario mínimo. Destacó que la figura del “pago por hora”
de servicio, ya está prevista en la Ley Federal del Trabajo vigente, pues el
artículo 83 señala que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, por
unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. “Como nos hemos dado cuenta, esta reforma
incomoda a algunos líderes sindicales, ya que la reforma lo que plantea es
transparentar y acabar con los privilegios de los que han gozado por décadas a
costa del dinero e intereses de los trabajadores”. “Con base en dicha disposición, en la
actualidad es posible contratar a un trabajador bajo el esquema de remuneración
de “pago por hora”, considerado éste como “unidad de tiempo”. Incluso, otras
disposiciones de la ley (artículos 306 y 353-M) que regulan el trabajo de
actores y músicos o el trabajo en las universidades e instituciones de
educación superior, permiten también esta modalidad de remuneración”. Conforme a lo anterior, dijo que la
iniciativa de Reforma Laboral, propone establecer de manera expresa como
modalidad del salario por unidad de tiempo, que el trabajador y el patrón
puedan convenir el pago por cada hora de prestación del servicio, siempre y
cuando no se exceda la jornada máxima establecida en la ley. En base a ello sostuvo que para determinar
la forma de cotización, si por la naturaleza o peculiaridades de las labores,
el salario no se estipula por semana o por mes, sino por día trabajado y
comprende menos días de los de una semana o el asegurado labora jornadas
reducidas y su salario se determina por unidad de tiempo, en ningún caso se
recibirán cuotas con base en un salario inferior al mínimo. Esta junto con otras propuestas, asegura el
que principalmente las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad,
cuenten con mayores oportunidades de empleo, ya que podrán ajustar su horario
de trabajo a sus circunstancias personales.
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