Por: Luis Lauro Carrillo19/04/2013 | Actualizada a las 09:41h
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El
eficaz manejo de la deuda pública es un tema fundamental en la salud de las
finanzas de los gobiernos estatal y municipal de México, registran endeudamiento
excesivo en relación a sus posibilidades reales de pago, han hipotecado el
futuro de sus entidades y la estabilidad financiera de sus ciudadanos.
Viene a cuento lo anterior por la reforma constitucional de los artículos 73 y
117 recién aprobada por el Senado de la Republica para regular y transparentar la
contratación de deuda de estados y municipios, evitar la corrupción, creando el
sistema único nacional de registro de empréstitos y obligaciones de los tres
niveles de gobierno.
Otro aspecto relevante de la iniciativa es el establecimiento de un sistema de
alertas de adeudos, que obliga a los tres órdenes de gobierno a inscribir y
publicar el total de sus créditos; además, los gobernadores y alcaldes no
podrán heredar deuda de los créditos a corto plazo.
Abordando también la reforma otras cuestiones, como la de asegurar que no se
comprometan en exceso ingresos futuros en detrimento de la población, que
requiere de buenos gobiernos con recursos suficientes para atender a sus
necesidades.
Está visto que la falta de transparencia, la velocidad del
crecimiento exponencial dela deuda
pública y pasivos que tienen las entidades federativas y municipios del país,
puede convertirse en un grave problema macroeconómico, debido a que muchas obligaciones financieras
estatales se encuentran fuera de control, por consiguiente un colosal incremento
de la deuda nacionalde manera peligrosa.
Así pues el endeudamiento es consecuencia de una dinámica donde los estados y municipios cada vez gastan más, desvían
recursos, disminuyen sus fuentes de ingresos, cada vez recaudando menos,
situación difícil de sostener en el largo plazo, ya que se trata de un problema estructural que no puede ser resuelto
con un mero incremento en los recursos federales que reciben.
Cabe señalar que las participaciones en ingresos federales derivadas de la Ley de
Coordinación Fiscal resultaron ser una garantía o fuente de repago segura y
líquida para los acreedores, y en esa medida ha atraído la oferta de crédito.
Sin embargo el hecho de que la garantía con
participaciones federales reduzca a un mínimo el riesgo para el acreedor, nada
dice de los efectos catastróficos que puede tener para el estado y municipios el
verse privado de una parte sustancial de sus ingresos y no tener recursos con
qué pagar su gasto corriente.
Por todo ello hoy se puede afirmar que el
sobreendeudamiento de entidades federativas y municipios constituye un grave
riesgo para el sano desarrollo económico del país.
Razón por la cual deben de
responderaquellos gobernadores y
alcaldes de todos los partidos políticos que contrataron deudaa ritmos desproporcionados, algunos a última
horaantes de concluir su encargo y
otros que coincidieron con los tiempos político electoralesy unos másque se salieron de control sin explicar razones amparando su silencio en
las “soberanías” estatales.
Por otro lado, si algo se debe aprender de la
crisis financiera internacional, y de las que han sufrido países como Brasil y
Argentina, que en ausencia de una regulación adecuada, la “mano invisible” de
los mercados fue insuficiente para establecer los límites prudentes de las
actividades de financiamiento.
Junto a todo esto, el sector público, además de los
riesgos apuntados, al comprometer flujos futuros significa restar recursos
disponibles a ejercicios y administraciones subsecuentes y, en esa medida, corre
el riesgo de no poder atender necesidades y prioridades posteriores, incluidas
situaciones de crisis y emergencia que sobrevengan con el paso del tiempo.
En el mismo orden de ideas se considera un error conceptual de los gobiernos
estatales, y municipales concebir a los empréstitos como fuente normal de sus
ingresos, como si se tratara de contribuciones fiscales y no como un recurso
excepcional complementario y además violando la constitución contratan
empréstitos para gasto corriente y no para inversiones productivas.
Ahora corresponde a la Cámara de Diputados avalar o cambiar la minuta que le
envió el Senado de la República. Al respecto Francisco Arroyo Vieyra presidente
de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, sostuvo que de acuerdo con el Artículo 72
constitucional es una facultad “primigenia” exclusiva de la Cámara de Diputados
legislar en materia de empréstitos y no del Senado.
En ese tenor Arroyo Vieyra advirtió que la Cámara de diputados regresara la
minuta al Senado por invasión de funciones legislativas. Aunque se trata de una
reforma constitucional y no de una ley secundaria podría presentarse una
controversia constitucional ante la Corte o en aras de economía legislativa,
los diputados del PRI esperaran la linea de los pinos.
En definitiva la federación con la reforma constitucional y su ley
reglamentaria tendrá “dientes” para obligar a los gobiernos estatales y
municipales a presentar sus cuentas adecuadamente y sin trucos. Tomando en
cuenta que internamente los estados carecen de presión, por la inexistencia de
un auténtico contrapeso de parte de los congresos y poderes judiciales locales.
Analista político, autor de la columna Cuestión Pública publicada en el periódico de La Verdad de Tamaulipas, en el portal digita HOYTamaulipas, entre otros
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