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Vence hoy 19 plazo para pago de aguinaldos: STPS

Hoy 19 de diciembre vence el plazo que marca la Ley Federal del Trabajo, para que todos los trabajadores reciban su aguinaldo, dio a conocer la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Por: HT Agencia 19/12/2012 | Actualizada a las 11:42h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Hoy 19 de diciembre vence el plazo que marca la Ley Federal del Trabajo, para que todos los trabajadores reciban su aguinaldo, dio a conocer la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

Roxana Manrique Lozano, delegada federal del Trabajo en Tamaulipas, señaló que la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo es una prestación laboral y un derecho irrenunciable que debe ser entregado en un solo pago antes del 20 de diciembre, en una cuantía de por lo menos 15 días de salario.

Dijo que la PROFEDET invita a los trabajadores que no reciban su aguinaldo o se les otorgue de manera incompleta o tardía, denuncien ante las autoridades laborales, que estarán atentas para que se cumpla con este derecho laboral, recordando además que sus servicios de asesoría y representación legal son absolutamente gratuitos.

Sostuvo que en el caso los trabajadores que no cumplieron un año de servicio, independientemente de que se encuentren activos o no, o de que actualmente presenten sus servicios en una empresa distinta, tienen derecho a que se les pague el aguinaldo de manera proporcional al tiempo trabajado.

Dijo que de acuerdo a PROFEDET, todos los trabajadores deben recibir esta prestación anual, tanto los de base, como los de planta, los sindicalizados y los de confianza.

Asimismo, recordó que el marco legal establece que el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe. Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de manera tardía, se hacen acreedores a fuertes sanciones.

Para el cálculo de esta prestación, la funcionaria federal destacó que los periodos vacacionales, de licencias de maternidad (pre y post natales), los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo deben considerarse como días laborados para efecto del pago del aguinaldo. Por el contrario, no se consideran días laborados las faltas injustificadas y las incapacidades por enfermedad general, salvo que el contrato de trabajo lo permita.

Además, en el caso de los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo, o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.

Para ello, subrayó que la PROFEDET pone a disposición del público sus servicios de orientación en ciudad Victoria en las oficinas ubicadas en el 18 y 19 Matamoros número 234, zona centro.


HG/ER

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