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Suprema Corte pone fin a la interdicción por discapacidad

El nuevo criterio obligatorio reconoce su capacidad jurídica y deja sin efectos normas locales que permitan sustituir su voluntad mediante esta figura
Por: Alberto Serna/ Ciudad Victoria El Día Lunes 07 de Septiembre del 2026 a las 10:26

Personas con discapacidad participan en una actividad comunitaria; la Suprema Corte estableció un criterio que fortalece su autonomía y capacidad jurídica para tomar decisiones (Foto Ilustrativa)
Autor: AIMX
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio obligatorio que deja sin efectos las disposiciones estatales que contemplan la interdicción cuando ésta restringe la capacidad jurídica de personas adultas con discapacidad, incluso en entidades donde todavía no se aplica plenamente el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

A través de la jurisprudencia P./J. 175/2026 (12a.), con registro digital 2032586, el Pleno determinó que estas disposiciones deben considerarse derogadas desde la entrada en vigor del decreto que expidió el Código Nacional, el 8 de junio de 2023.

El criterio deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 181/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra una disposición del Código Civil de Veracruz relacionada con personas adultas con discapacidad que permanecieran bajo tutela de sus excónyuges después de un divorcio.

La Corte consideró que mantener mecanismos de interdicción que restrinjan la capacidad jurídica resulta incompatible con el modelo social de discapacidad reconocido por la Constitución y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La resolución establece que la reforma federal buscó eliminar los mecanismos mediante los cuales otra persona sustituye la voluntad de un adulto con discapacidad, privilegiando el reconocimiento de su autonomía y capacidad jurídica.

Por ello, la vigencia formal de los códigos civiles estatales no permite mantener procedimientos de interdicción mientras concluye la implementación gradual del Código Nacional en las entidades federativas.

La jurisprudencia fue aprobada por el Pleno el 20 de agosto de 2026 y publicada en el Semanario Judicial de la Federación el 4 de septiembre.

Conforme al documento, el criterio adquirió carácter obligatorio a partir de este lunes 7 de septiembre, marcando un cambio relevante en la protección de los derechos y autonomía de las personas adultas con discapacidad.

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