El Anzuelo...
Hay que se marranos, pero no trompudos
por El Fisgón
El presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó hoy, en ejercicio de sus facultades constitucionales, el Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas para su publicación en el Diario Oficial de la Federación
México,
(Notimex).- El
presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó hoy, en ejercicio de sus facultades
constitucionales, el Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas para
su publicación en el Diario Oficial de la Federación, dio a conocer la Presidencia
de la República.
El Reglamento
tiene como propósito regular las Asociaciones Público Privadas que realice el
Estado con los sectores privado o social para que éstos, a través de la
infraestructura que provean de manera total o parcial, presten servicios al
sector público o al usuario final, explica.
Asimismo,
establece que la participación de las dependencias y entidades en proyectos de
Asociaciones Público Privadas podrá ser con recursos federales presupuestarios.
Del mismo modo,
añade, del Fondo Nacional de Infraestructura u otros recursos públicos
federales no presupuestarios o aportaciones distintas a numerario (licencias,
permisos, concesiones, bienes inmuebles).
Indica que el
Reglamento también será aplicable para los proyectos de Asociaciones Público
Privadas realizados por las entidades federativas, municipios y los entes
públicos de unos y otras, cuando dichos proyectos se realicen con mayoría de
recursos federales.
Señala que los
proyectos que se realicen con esquemas de asociación público privada deberán
incluir de manera expresa la mención de que se trata precisamente de un
proyecto bajo este esquema, a fin de diferenciarlos de otros procedimientos de
contratación pública.
El documento
señala que los proyectos viables en los que la dependencia o entidad interesada
pretenda participar con recursos federales presupuestarios deberán presentarse
a la Secretaría de Hacienda para su revisión, evaluación presupuestaria y,
finalmente, su autorización.
Indica, además,
que los testigos sociales serán obligatorios en los proyectos cuyo monto de
inversión inicial sea igual o superior al equivalente a cuatrocientos millones
de unidades de inversión y serán designados por la Secretaría de la Función
Pública.
Destaca que en
la página electrónica de CompraNet estará disponible toda la información
relativa a los proyectos de Asociaciones Público Privadas en que participen las
dependencias y entidades, así como el Registro Único de Desarrolladores, según
lo que se establece en el nuevo Reglamento.
Ello, a fin de
impulsar proyectos de investigación científica aplicada, de innovación
tecnológica, así como proyectos de inversión productiva, cuyo objetivo implique
investigación científica, desarrollo tecnológico o impulso de actividades
académicas.
La Presidencia
de la República señaló que el Reglamento permite realizar proyectos de
Asociaciones Público Privadas sin la obligación de crear infraestructura
adicional a los particulares.
En suma,
destaca, con el Reglamento se busca incentivar la participación de la
iniciativa privada y contar con una política clara y decidida que permita unir
esfuerzos del sector público con los sectores social y privado para satisfacer
necesidades de la colectividad, También, brindar mayor seguridad y certeza
jurídica tanto al Estado como a los particulares, pues se conocerán de antemano
las condiciones para los procesos de concurso y adjudicación de proyectos de
Asociaciones Pública Privadas, de la ejecución de las obras y prestación de
servicios, concluye.
El presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó hoy, en ejercicio de sus facultades constitucionales, el Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas para su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Fotografía Notimex
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