Por: Luis Lauro Carrillo19/10/2012 | Actualizada a las 09:54h
La Nota se ha leído 2513 Veces
Con
el objeto de desmantelar las estructuras financieras de las organizaciones
delictivas, el Senado de la Republica después de dos años de discusión aprobó
la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita, conocida como ley contra el lavado de dinero.
Conviene señalar que la citada legislación entrará en vigor hasta julio de 2013,
estableciendo medidas y procedimientos tendientes a detectar y prevenir actos u
operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita que sirvan para los
procesos de blanqueo de dinero.
Cabe decir que la referida ley faculta al gobierno mexicano para detectar e
investigar en el país las fuentes de financiamiento de la delincuencia
organizada y del narcotráfico, así como para perseguir y abatir a nivel
internacional las redes de lavado de dinero de estos actores.
De igual modo este ordenamiento jurídico pretende desalentar la práctica
generalizada para de ocultar operaciones mediante pagos anónimos en efectivo. La
prestación de servicios de fe pública realizados por notarios públicos serán
objeto de investigación por parte de la SHCP.
Sobra explicar que esta ley castiga severamente, con multas y prisión, a
quienes se presten a operaciones simuladas en bancos, corredurías y notarías y
dota a las autoridades correspondientes de los instrumentos y mecanismos de
inteligencia para detectar esas simulaciones.
De tal suerte que instituye un régimen de identificación y reporte de
operaciones vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o
sorteos, por lo que quienes las lleven a cabo deberán reportar a la Secretaría
de Hacienda estas operaciones cuando los montos asciendan a 645 veces el
salario mínimo.
De la misma manera la ley prohíbe transacciones de dinero en efectivo en
operaciones comerciales y financieras; restringe el dinero en efectivo para las
tarjetas de servicios y de crédito, así como las prepagadas, y lo mismo con la
comercialización de cheques de viajero.
Por tanto, es obligación de los intermediarios revisar la identidad de sus
clientes, mientras que los fedatarios públicos tendrán la obligación de dar
aviso a la Secretaría de Hacienda sobre las operaciones que realicen, o que
desborde los márgenes establecidos en cuanto a montos y naturaleza de las
transacciones comerciales.
Como se verá en pocos días saldrá a la circulación mucho dinero negro escondido
para intentar lavarlo antes de que entre en vigor la ley, mediante inversiones
en empresas, compra de inmuebles rústicos y urbanos, yates, viajes, autos de
lujo, la adquisición de joyas y obras de arte y los cobros de apuestas y compra
de premios de sorteos etc.
Aquí surge la pregunta obligada ¿por qué el Estado mexicano tardó tanto, casi todo
sexenio calderonista para darse un instrumento jurídico tendiente a destruir las
sofisticadas estructuras financieras del de la delincuencia?
En definitiva la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita otorga al gobierno federal herramientas
para hacer más efectivo el combate a delincuentes organizados y
narcotraficantes y de paso que la ciudadanía constate que las instituciones
democráticas aunque tarde pretenden funcionar, de ahí obtener credibilidad y
confianza en la política.
Analista político, autor de la columna Cuestión Pública publicada en el periódico de La Verdad de Tamaulipas, en el portal digita HOYTamaulipas, entre otros
Síguenos y entérate de lo que ocurre en #Tamaulipas