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Burócratas podrán participar en campañas en su tiempo libre: Contralora
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Sección: Cd. Victoria / Gubernamental

Burócratas podrán participar en campañas en su tiempo libre: Contralora

Los servidores públicos que estén interesados en participar en las campañas electorales, tienen derecho a hacerlo, siempre y cuando lo hagan fuera de su horario de trabajo

Por: Nora Alicia Hernández/Ciudad Victoria 02/12/2011 | Actualizada a las 18:09h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los servidores públicos que estén interesados en participar en las campañas electorales, tienen derecho a hacerlo, siempre y cuando lo hagan fuera de su horario de trabajo o en sus días de descanso.
 
Gilda Cavazos Lliteras, Contralora General del gobierno del Estado de Tamaulipas, dijo que incluso los funcionarios de primer nivel, tienen este derecho, porque aunque son funcionarios las 24 horas del día, “Si no tienen en agenda actividad, pueden atender sus actividades partidistas”.

 
Sin embargo para evitar violaciones a Código Penal Federal en relación a delitos electorales contemplados en los artículos del 403 al 413, la Contraloría en coordinación con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales está capacitando a los servidores públicos a nivel directivo.
 
Lo importante es que conozcan la ley y eviten caer en delitos electorales como el destinar  tiempo, recursos materiales, económicos y humanos en apoyo a partidos o candidatos para una contienda constitucional.
 
Luego de que se encuentra en pleno desarrollo y organización la elección federal del uno de julio de 2012, la funcionaria destacó que la información que están recibiendo los funcionarios, será bajada al resto de los burócratas a partir de la próxima semana.
 
“Vamos a entregar información impresa a todo el personal para que analicen lo que dice la ley y sepan que pueden y no hacer durante los procesos electorales”.
 
Luego de participar en el curso “Blindaje Electoral y Prevención de Delitos”,  a cargo de un capacitador de la Fepade, dijo que en el estado no tienen un registro de antecedentes con funcionarios que hayan incurrido en delitos de este tipo.
 
LO QUE DICE EL ARTICULO 307
 
Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, al servidor público que:
 
I. Obligue a sus subordinados, de manera expresa y haciendo uso de su autoridad o jerarquía, a emitir sus votos en favor de un partido político o candidato;
 
II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un partido político o candidato;
 
III. Destine, de manera ilegal, fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las penas que pueda corresponder por el delito de peculado; o
 
IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos, a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores, de manera ilegal.
 
Además de sanciones a servidores públicos el Código Penal Federal, también considera sanciones para  ciudadanos en general, funcionarios de partidos políticos, candidatos, ministros de culto religioso,  funcionarios electorales y a quienes habiendo sido electos senadores o diputados no se presenten a la Cámara a desempeñar sus actividades.
  RMV

Servidores públicos reciben capacitación sobre las sanciones que establece el Código Penal Federal en materia de delitos electorales.
Fotografía Nora Alicia Hernández
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