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Sección: Nacional / DF
Concluye el primer plazo para el pago de la participación en las utilidades
STPS y PROFEDET, informan que tratándose de patrones que sean personas físicas, deben pagar las utilidades antes del 30 de junio
Por: Staff HOYTamaulipas
03/06/2011 | Actualizada a las 18:33h
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México, D.F.- La Secretaría del Trabajo y
Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del
Trabajo (PROFEDET), recordó a los trabajadores que el 30 de mayo
pasado, fue la fecha límite para recibir el pago de sus utilidades, si su
patrón es una persona moral.
Tratándose de patrones que sean personas físicas, deben pagar las utilidades
antes del 30 de junio. Esto con el fin de que quienes a la fecha no las han
recibido o tienen dudas con respecto al monto de las mismas, se acerquen a la
PROFEDET. Es importante tomar en cuenta que el plazo para reclamar sus
utilidades es de un año a partir del día siguiente en que se genere la
obligación.
En conferencia de prensa, la titular de la PROFEDET, Rosalinda Vélez Juárez,
acompañada del Subprocurador General de Conciliación y Defensoría, Gustavo
Hernández-Vela Kakogui, subrayó que la PROFEDET continuará otorgando
los servicios de asesoría y defensoría jurídica que sean necesarios para
hacer valer los derechos de los trabajadores, y advirtió que no hay pretextos
para evadir este derecho. Asimismo, la Procuradora recordó que todos los servicios
de la institución son gratuitos.
El reparto de utilidades es el pago que, conforme al artículo 123, Apartado A,
fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deben
realizar los patrones cuando han tenido ganancias en el año anterior, como una
retribución al esfuerzo productivo de los trabajadores.
Con excepción de los directores, gerentes o administradores de una empresa, o
de los trabajadores domésticos, todas las personas que tengan una relación
laboral con un patrón persona física o moral, tienen derecho a recibir parte de
las utilidades.
Enfatizó que todos los patrones que hayan generado un ingreso anual
superior a $300.000.00 tienen la obligación de pagar las utilidades,
aunque acotó que existen excepciones a esta regla, pues la Ley Federal
del Trabajo exime del pago a instituciones de asistencia privada y a empresas
de nueva creación o que se dediquen a la elaboración de productos nuevos, entre
otras.
Asimismo, recordó que en febrero de 2009 la Quinta Comisión Nacional para la
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determinó
que los trabajadores participarán en 10 por ciento de las utilidades de las
empresas en las que presten sus servicios, tomando como base la declaración
anual presentada por el patrón.
Con base en este porcentaje se debe calcular el monto que a los trabajadores
les corresponde, tomando en cuenta para su distribución los días laborados por
el trabajador y el monto de los salarios percibidos, lo anterior en estricto
cumplimiento de la Ley Laboral.
La
PROFEDET, reitera su compromiso para asesorar, conciliar y representar a la
clase trabajadora, ante cualquier conflicto laboral de carácter federal, y de
manera particular, estará atenta para resolver todas las dudas que tengan los
trabajadores para que obtengan oportunamente el pago correspondiente al reparto
de utilidades del ejercicio fiscal 2010.
Para acceder a los servicios de la PROFEDET, se puede solicitar asesoría en el
teléfono 01 800 911 7877, escribir al correo electrónico quejasprofedet@stps.gob.mx,
consultar el portal institucional www.profedet.gob.mx,
o bien acudir personalmente a cualquiera de las 47 oficinas de la PROFEDET en
toda la República Mexicana. En el Distrito Federal las oficinas centrales se
ubican en Dr. Vértiz 211, col. Doctores, del. Cuauhtémoc.
Todos los
servicios que brinda la PROFEDET en favor de los trabajadores son totalmente
gratuitos.
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La STPS a través de la PROFEDET, recordó a los trabajadores que el 30 de mayo pasado, fue la fecha límite para recibir el pago de sus utilidades
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