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Transparencia ordena a migración informar sobre solicitudes de refugio

El Instituto Nacional de Migración también debe precisar el número de estaciones migratorias y estancias provisionales tipos A y B y los espacios que éstas tuvieron en el mismo lapso
Por: Notimex El Día Lunes 14 de Mayo del 2018 a las 09:53

Por instrucciones del INAI, el Instituto Nacional de Migración (INM) debe dar a conocer el número de solicitudes de refugio y regularización por razones humanitarias que recibió entre los años 2000 y 2011
Autor: Notimex
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México, (Notimex).- Por instrucciones del INAI, el Instituto Nacional de Migración (INM) debe dar a conocer el número de solicitudes de refugio y regularización por razones humanitarias que recibió entre los años 2000 y 2011.

En un comunicado, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) detalló que el Instituto Nacional de Migración también debe precisar el número de estaciones migratorias y estancias provisionales tipos A y B y los espacios que éstas tuvieron en el mismo lapso.

Al presentar el caso ante el pleno, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov destacó que en 2017, de los 95 mil 497 migrantes con estancia irregular presentados ante autoridades migratorias, 81 mil 999 pertenecen a países centroamericanos y dos mil 150 a islas del caribe.

Explicó que un particular solicitó la información referida en el lapso entre los años 2000 y 2017, a lo que el instituto lo remitió a otra solicitud de información, por lo cual la personal presentó el recurso RRA 1319/18.

En alegatos, el Instituto Nacional de Migración proporcionó parte de la información solicitada, con datos del 2012 al 2017.

El comisionado Monterrey Chepov explicó que la solicitud a la que remitió al particular el INM en nada se relacionaba con lo solicitado, por lo que esa institución afirmó que sería la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación la que pudiera tener esas estadísticas.

No obstante, el comisionado advirtió que el INM tiene por objeto ejecutar, controlar y supervisar a las autoridades migratorias en territorio nacional e instrumentar las migratorias.

"El sujeto obligado cuenta con atribuciones que le permiten conocer sobre la información solicitada, con relación al periodo faltante", argumentó.

En ese sentido, propuso a sus colegas -quienes aprobaron la moción-, revocar la respuesta del Instituto Nacional de Migración e instruirle a que entregue la información solicitada, misma que debe de buscar de manera exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes.

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