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Resuelve Sala Superior del Tribunal Electoral en favor del Congreso local
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Sección: Cd. Victoria / Diputados locales

Resuelve Sala Superior del Tribunal Electoral en favor del Congreso local

Con esta decisión, quedan firmes los nombramientos y los Consejeros ejercerán su encargo hasta el 15 de marzo de 2014

Por: Staff HOYTamaulipas/Ciudad Victoria 18/05/2011 | Actualizada a las 19:22h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Por unanimidad de 5 votos, el día de hoy, en la ciudad de México, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dio la razón al Congreso del Estado en los juicios de revisión constitucional electoral presentados por el PAN y por el PRD en contra de la designación de Arturo Zárate Aguirre, Juana de Jesús Álvarez Moncada y Porfirio Flores Vela como Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, confirmando dichos nombramientos.

PAN y PRD habían impugnado el decreto LXI-16 publicado el 10 de marzo de 2011 mediante el cual se designó a 3 Consejeros electorales del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas. En la sesión del Tribunal, los 5 magistrados discutieron durante más de una hora sobre cada una de las razones que argumentaron los partidos políticos impugnantes, declarando todas infundadas.

Destacaron que una de las cuestiones sobre las que los partidos impugnantes se quejaron fue que no estaban de acuerdo en el número de diputados que se exige en la ley para elegir a los consejeros electorales, lo que los magistrados determinaron como infundado, ya que la votación de dos terceras partes de los miembros presentes es una votación calificada y razonable, establecida en la ley; y que en todo caso, debieron haber impugnado esa modalidad de votación cuando se estableció en la reforma electoral de 2008.

Asimismo, los magistrados señalaron que les parecía extraño que si la ley establecía un mínimo de 24 diputados para considerar electo a un candidato a consejero; teniendo el PAN 6 votos, el PRD 1, y los consejeros fueron electos por más de 30 34, 29 y votos, hayan impugnado dicha designación cuando se advierte que ellos mismos votaron a favor.

Otro de los argumentos considerado infundado por los Magistrados fue el relativo al supuesto impedimento para que la consejera Álvarez Moncada pudiera ejercer el cargo de consejera por haber sido presidenta de una junta especial de conciliación y arbitraje del Estado. Sobre esto, los magistrados razonaron que se trata de un cargo que no equivale a titular de dependencia ni subsecretario, ya que, su función es eminentemente jurisdiccional y lo más importante, que los impedimentos para ocupar cargos electorales deben estar explícitamente establecidos y no pueden derivarse de una comparación a analogía.

También desvirtuaron el alegato de los impugnantes mediante el cual pretendían que todo el procedimiento de los consejeros lo llevara a cabo el Congreso en Pleno y no a través de comisiones. Al respecto, los Magistrados aclararon que es lógico y legal que los Congresos se organicen para el desempeño de sus tareas en comisiones, que nada malo o inconstitucional hay en el hecho de que la primera parte del procedimiento la haya desahogado la Comisión Plural creada para tal efecto, amén de que así lo establecen la Constitución del Estado y el Código Electoral de Tamaulipas.

Por cuanto al procedimiento en general, los magistrados reconocieron el trabajo de la Comisión Plural y del Congreso del Estado ya que, ―dijeron―, desahogaron con precisión, legalidad y transparencia todas las etapas, publicaron una convocatoria, revisaron requisitos, entrevistaron a quienes los cumplieron y los evaluaron acuciosamente, e incluso elaboraron matrices comparativas y argumentos que explicaban la diferenciación entre los candidatos.

Con esta decisión, quedan firmes los nombramientos y los Consejeros ejercerán su encargo hasta el 15 de marzo de 2014.

Por unanimidad de 5 votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dio la razón al Congreso del Estado en los juicios de revisión constitucional electoral
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