Por: Luis Lauro Carrillo18/04/2011 | Actualizada a las 10:08h
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Los
magros resultados obtenidos en la guerra contra la delincuencia organizada, han
planteado decretar la suspensión de garantías en algunas regiones del país como
Tamaulipas, propuesta por Luis Garfias Mañana, General de División retirado y
ex presidente de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados.
Dijo, “Para grandes males, grandes remedios”, “que esta medida debe solicitarse
por el Presidente de la República, de acuerdo con los Secretarios de Estado, el
Procurador General de la República y con aprobación del Congreso de la Unión,
en acatamiento al artículo 29 constitucional”.
En los hechos los operativos que realizan las fuerzas armadas son funciones de
carácter policiaco al margen de la ley, investigan, detienen, establecen
retenes, se introducen a domicilios, confiscan bienes y en ocasiones cometen
daños colaterales a terceros ajenos a la delincuencia.
Al ejército no se le ha dotado las herramientas jurídicas para actuar como
policía y de ahí es lo mismo dejarlos actuar en la impunidad. Tampoco se ha
puesto un alto a los abusos de las policías tampoco se habla o se trabaja en el
Poder Legislativo.
En cuanto al Estado de excepción o de emergencia surge la pregunta ¿en qué
consiste la suspensión de garantías individuales?
En una suspensión temporal en todo el país o en lugar determinado en casos de
emergencia, mediante prevenciones generales de todos aquellos derechos humanos o
garantías estrictamente necesarias, que constituyan un obstáculo para encarar pronta
y eficazmentela situación de emergencia
que se presente.
La suspensión no se puede contraer a determinado individuo y el Congreso de la
Unión decretará las autorizaciones para hacer frente a esa situación. Una vez
concluida la temporabilidad del impedimento para el ejercicio de los derechos
fundamentales se reanudasu efectividad al
estado anterior a la medida suspensiva.
La suspensión solo puede llevarse a cabo cumpliéndose los requisitos y con las
condiciones establecidas por el artículo 29 constitucional.
¿En cuales casos opera la suspensión de garantías?En Invasión de potencia extranjera; la perturbación
grave de la paz pública; que se ponga a la sociedaden peligro que justifique la medida y entre
otros graves conflictos los económicos, incendios, epidemias, inundaciones,
terremotosetc.
La legislación de emergencia con facultades extraordinarias al presidente,
creada ex profeso para hacer frente a tal situación, es de carácter temporal
pues la legislación fue causa de una emergencia por lo tanto al desaparecer la misma
debe desaparecer la legislación, expedida por el Ejecutivo federal.
Ahora bien al margen de los sanos propósitos de la suspensión de garantías, al sustituir
un orden jurídico liberal por un orden jurídico disciplinario temporal que
tiene por objeto suprimir los males o trastornos públicos y sociales propios de
la situación emergente.
De ahí que se corre el riesgo de padecer un régimen arbitrario y atropellador de
los derechos humanos de los ciudadanos.
Aun cuando en los hechos ya no se garanticen los derechos fundamentales de
seguridad, libre tránsito, libre empresa, libre ejercicio de actividades y profesiones
y otras consagradas en la Constitución General de la República, no se
justificaría un estado de excepción.
Un Estado de excepción o de emergencia seria el reconocimiento de la
incapacidad y derrota del gobierno federal en la lucha contra el narcotráfico y
violencia delincuencial y a su vez el mensaje negativo a los inversionistas
extranjeros de que el país y algunas entidades están en vías de considerarse fallidos.
Por otro lado el crecimiento de la violencia y del poder delincuencial, obedece
a que los gobiernos federal y estatales fallaron no sólo en la seguridad pública,
sino en empleos, salud, educación y bienestar social. Y si la delincuencia goza
de poder en varias zonas del territorio nacional, es porque no han podido
combatirlos desde su raíz, al gozan de una total impunidad.
En definitiva antes que una suspensión de garantías individuales, debe previamente
escucharse a la sociedad y a los miles de deudos; replantear la estrategia al
combate a la inseguridad y a la violencia delincuencial; instrumentar acciones
de fondo en la creación de empleos, la atención a las adicciones, la limpia en
los cuerpos policiacos, militares y sistema judicial corrompidos por la
delincuencia, el retiro gradual del Ejército en las calles e invertir más en
educación, salud y cultura.
Analista político, autor de la columna Cuestión Pública publicada en el periódico de La Verdad de Tamaulipas, en el portal digita HOYTamaulipas, entre otros
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