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Ordena Tribunal al IETAM modificar convocatoria a consejeros electorales municipales

A fin de que se señale un plazo de residencia no mayor a tres años, y se suprima la prohibición de haber pertenecido al Servicio Profesional Electoral Nacional
Por: Nora Hernández/Ciudad Victoria El Día Viernes 15 de Septiembre del 2017 a las 17:14

La mayoría de los magistrados del Tribunal Electoral de Tamaulipas ordenaron al IETAM, modificar la convocatoria y los lineamientos para la designación de los integrantes de los Consejos Municipales Electorales
Autor: Nora Hernández
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La mayoría de los magistrados del Tribunal Electoral de Tamaulipas (TRIELTAM) ordenaron al Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), modificar la convocatoria y los lineamientos para la designación de los integrantes de los Consejos Municipales Electorales.

Lo anterior a fin de que se señale un plazo de residencia no mayor a tres años, y se suprima la prohibición de haber pertenecido al Servicio Profesional Electoral Nacional.

Además se ordenó realizar los ajustes necesarios a los plazos para la recepción de documentos, debiendo habilitar las mismas sedes para inscripción de aspirantes previstas originalmente, dando amplia publicidad en medios de comunicación respecto a las modificaciones realizadas.

En sesión de este viernes el pleno del Tribunal Electoral determinó que toda vez que quienes sean designados como consejeros municipales, habrán de desempeñar de manera breve su encargo, sí resulta excesivo exigir el requisito de residencia por cinco años pues impone una carga innecesaria a los aspirantes. 

El Partido Acción Nacional (PAN) interpuso diversos recursos en contra de los acuerdos emitidos por el órgano electoral, para la convocatoria a consejeros y varios de sus requisitos.

En otro asunto, resolvieron un medio de impugnación relacionado con la renovación de la dirigencia municipal del PAN en Hidalgo, el Recurso Ciudadano TE-RDC-14/2017, el actor se quejó de que el albiazul no había dado respuesta a un escrito en el que solicitaba información relativa a las fechas para realizar los trámites de actualización de datos y registro de huellas dactilares a dicho instituto político.

Sin embargo, antes de que este Tribunal se pronunciara respecto al acto reclamado, el PAN dio contestación a su escrito, dando a conocer al ciudadano la información previamente solicitada, por lo que al haber quedado sin materia el acto reclamado, lo procedente fue desechar el medio de impugnación.

 

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