Por: Luis Lauro Carrillo28/03/2011 | Actualizada a las 10:40h
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Es
preferible mantener vigente la actual ley federal del trabajo como está, aun
con errores y lagunas, que la reforma planteada por los partidos Revolucionario
Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), que representa un retroceso que
vulnera los derechos de los trabajadores y un traje a la medida de los
empresarios.
Con esa reforma el PRI respaldado por el PAN pretende modificar 178 artículos
de 1,010 que contiene la actual ley del trabajo, y la propuesta representa un
grave perjuicio a derechos como la estabilidad en el empleo y el contrato por
materia de trabajo y da libertad para el despido y los contratos flexibles a
favor del patrón.
Una propuesta de ley que puede calificarse de innecesaria, tardía y laxa, que
nació únicamente para dotar de flexibilidad al escenario laboral y permitir el
crecimiento económico a costa de los trabajadores, así como para resolver los
conflictos laborales de la empresa sobre todo. Entre otras modificacionescontiene las siguientes:
Rompe con el principio de bilateralidad y de estabilidad en el empleo al
modificar el artículo 39 de la ley laboral suprimiendo el texto que refiere que
la existencia de un contrato se dará mientras subsista la materia de trabajo.
De aprobarse esta iniciativa, la existencia de un contrato de trabajo
dependería exclusivamente de la voluntad del patrón y no de la subsistencia de
la materia de trabajo.
Permite el libre despido sin costo para el patrón al permitirle crear contratos
de:
A) Prueba, B) Capacitación inicial y de C) Labores discontinuas, en este
caso que pueden ser de temporada o que no exijan la prestación de servicios
toda la semana, el mes o el año, permitiendo el despido sin indemnización
alguna
Establece el despido libre, pues ya no será obligatorio para el patrón entregar
personalmente al trabajador el aviso de rescisión ya que lo podrá hacer por
correo certificado o por medio de la Junta de Conciliación y Arbitraje quién
podrá comunicarlo por cualquier medio que estime conveniente.
Se incrementan causales de despido como faltas contra los clientes del patrón; legitima
las renuncias “en blanco” al modificar el artículo 53 de la LFT que en la
vigente requiere de un acuerdo entre las partes.
Se crean Normas nuevas dirigidas a los Jornaleros Agrícolas, que se refieren especialmente
a un Registro especial de trabajadores eventuales o de temporada para
justificar el despido libre y sin costo para los empleadores.
Legaliza el outsorcing o contratismo de terceristas que hoy es ilegal,
permitiendo que los patrones no asuman sus obligaciones laborales y lo hagan
por ellos los contratistas, materializándose “fraudes legales” contra los
trabajadores al suprimirse la responsabilidad solidaria en el artículo 13 de la
Ley Federal del Trabajo.
El outsorcing reduce el costo de la fuerza de trabajo, permitiendo que en una
misma empresa haya trabajadores con mismas funciones con diferente salario y
prestaciones. Permite además fragmentar y establecer dos o más organizaciones sindicales
por la misma actividad y centro de trabajo con diferentes condiciones laborales.
Permite la fijación del salario de manera unilateral por parte del patrón sin
intervención sindical; legaliza la polivalencia (el multiusos) con el mismo
salario; con la certificación laboral permite la imposición de condiciones
unilaterales de trabajo sin beneficio salarial acordado bilateralmente; permite
la fijación del monto de bonos, incentivos y comisiones de manera unilateral
los cuales no son obligatorios revisarlos.
Desaparece el salario mínimo y se crea el “salario infinitesimal”, porque el
artículo 83 de la LFT se modifica para que el salario se pueda pagar de
manera proporcional por el tiempo laborado con la base del salario mínimo; Si
se trabaja una hora diaria, se podrá pagar un octavo del salario mínimo, $7.47
pesos por hora.
En materia de justicia laboral se alargan los juicios al dividir la primera
audiencia en dos apartados, uno de Conciliación y Mediación y de Demanda y
Excepciones y en otro de Ofrecimiento de las Pruebas que se celebrará en otra
fecha, cuando ahora solo se puede celebrar en una sola audiencia.
Se reduce el pago de los salarios caídos a un año independientemente del tiempo
que dure el juicio laboral, lo que al alargarse los juicios será en perjuicio
del obrero y sin costo para el patrón.
La prueba del recuento de los trabajadores en materia de huelga se hará tomando
como base además de las cuotas del IMSS, nominas de pago, un listado de
trabajadores sindicalizados que reconozca el patrón, hecho que permitiría
indebidamente la injerencia de estos en materia gremial.
Se permite la ampliación de tareas, cambio de los días de descanso contenidos
en los contratos y de las horas de la jornada de trabajo que pueden ajustarse
diariamente en función de las necesidades de la producción. La reforma deja
intocado el control sindical corporativo.
Ahora bien si de “abaratar” el despido se trata, una manera de concretarlo sin
vulnerar la economía de los trabajadores es el seguro de desempleo, para que
cuando alguien pierda el trabajo no sea como “perder la vida”.
En los hechos, la iniciativa priianista pretende
cancelar de un plumazo toda conquista laboral y sindical de los trabajadores.
Lo que en realidad requiere el país es una economía que efectivamente genere
empleos, e instituciones que den trabajo digno a los mexicanos o mínimamente
seguro, pero no a costa de la plusvalía del trabajo.
De ahí que la acumulación del capital del sector empresarial se concentrará
mucho más, inmensas riquezas, lujo, parasitismo, despilfarro y la
ociosidadde las clase explotadora,
mientras en el lado de los trabajadores aumenta cada vez la explotación, crece
el paro forzoso,y desciende el nivel de
vidade quienes con su trabajo crean la
riqueza.
En definitiva la pretendida reforma laboral es una iniciativa elaborada con una
visión patronal, al servicio de los empleadores y no de los trabajadores, ya
que no promueve el empleo, la mejoría del ingreso obrero, la productividad o la
seguridad social, por lo que desde la perspectiva humanista la iniciativa es
violatoria de los derechos humanos de los trabajadores.
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@luiscarrs
Luis Lauro Carrillo:
Analista político, autor de la columna Cuestión Pública publicada en el periódico de La Verdad de Tamaulipas, en el portal digita HOYTamaulipas, entre otros
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