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Con derecho a pensión trabajadores mexicanos en EU

Los beneficios son pensión por jubilación a la edad de 62 años, discapacidad a cualquier edad, pensión por viudez a los 60 y pensión por orfandad
Por: Primitivo López/Nuevo Laredo El Día Miercoles 21 de Junio del 2017 a las 18:27

Personal del Consulado General de los Estados Unidos en Ciudad Juárez, Chihuahua, orientarán a los connacionales para que puedan acceder al Seguro Social para Migrantes
Autor: Adrián López
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Nuevo Laredo, Tamaulipas.- Mexicanos que trabajaron en los Estados Unidos por más de 10 años y estuvieron afiliados al Seguro Social tienen derecho a recibir una pensión, informó el director del Instituto Tamaulipeco para la Atención del Migrante (ITAM) José Carmona Flores.

Personal del Consulado General de los Estados Unidos en Ciudad Juárez, Chihuahua, orientarán a los connacionales para que puedan acceder al Seguro Social para Migrantes.

“Lo que pueden obtener es una pensión vitalicia, esta surge a partir de que ellos estuvieron cotizando y que por alguna razón ya sea por deportación, repatriación o porque voluntariamente ellos regresaron al país ya sea hace un día, uno o diez años, pero que de alguna manera tengan constancia de que estuvieron trabajando y cotizando al seguro social”, detalló.
Los beneficios son pensión por jubilación a la edad de 62 años, discapacidad a cualquier edad, pensión por viudez a los 60 y pensión por orfandad.

“Aun siendo ilegales, estando en estatus migratorio ilegal, aun así hay muchas personas que estuvieron cotizando y por lo mismo se hacen acreedores a este beneficio” puntualizó.
Los candidatos a solicitar beneficios del Seguro Social para migrantes son:

-Trabajador o titular del número de seguro social americano.
-Esposas/esposos del trabajador(a).
-Hijos menores de 18 años o con discapacidad.
-Viudas/viudos del trabajador(a).
-Padres dependientes del trabajador(a).

Documentos originales que deben presentar para su trámite:
-Número de Seguro Social americano con el que trabajó
-Fe de bautismo o acta de nacimiento expedida por el Archivo General del Estado (De las personas que van hacer el trámite de la pensión)
-Identificación oficial con fotografía (de los que van a tramitar pensión)
-Acta de matrimonio (Si aplica)
-Acta de divorcio (Si aplica)
-Acta de defunción (Si aplica)
-Clave Bancaria estandarizada de su cuenta de ahorro en pesos.

Los beneficios que se otorgan son:
1.- Beneficios de Pensión por Jubilación por edad (62 años) o discapacidad, cualquier edad
2.- Beneficios de Pensión por Viudez (60 años).
3.- Beneficios de Pensión por orfandad.

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