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Sección: Cd. Victoria / Diputados locales
En Tamaulipas: Inhabilitarán a peritos que mientan en dictámenes
Además se les impondrá una multa que van de los 50 a 150 días de salario, esto tras las reformas al Código Penal del Estado, dice el diputado Felipe Garza Narváez
Por: Mesa de redacción
05/12/2010 | Actualizada a las 18:17h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El
Congreso de Tamaulipas endureció las penas contra servidores públicos dentro de
las reformas al Código Penal del Estado contra los peritos o intérpretes que se
retracten de su dictamen o falten a la verdad, además de una multa que van de
los 50 a 150 días de salario.
El líder camaral Felipe Garza Narváez señaló que se incorporó
al Código Penal la pena de inhabilitación para desempeñar el ejercicio
profesional a dichos funcionarios.
Dijo el legislador que también se establece en dicha
reforma la obligación del juez ante el cual se condujo falsamente el testigo,
perito o intérprete, para que dé vista al órgano persecutor de los delitos, a
fin de que inicie la indagatoria correspondiente.
Las sanciones por la comisión de este delito van desde
una multa de 50 a 150 días de salario, pero si faltara a la verdad se le
impondrá, además la inhabilitación para el ejercicio profesional por un término
de tres meses a dos años.
Expresó el legislador que en la Constitución Federal se
establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia en los
tribunales, que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que
fijan las leyes.
Refiere el Diputado Garza Narváez, que en ese
sentido y para cumplir con el mandato constitucional se estima necesario
que los órganos jurisdiccionales cuenten con los apoyos técnicos y
profesionales suficientes.
Agregó que de acuerdo a la ley en la materia, los peritos
designados en los procesos judiciales, así como los intérpretes oficiales en
sus respectivos ramos son auxiliares de la administración de justicia y están
obligados a cumplir las órdenes que, en ejercicio de sus atribuciones legales,
les dirijan los Magistrados y los Jueces.
Dichos peritos pueden ser expertos en arte, ciencia o
técnica que dicen conocer y deben ser personas honorables e imparciales, a
efecto de que produzcan dictámenes adecuados que ilustren verdaderamente al
juzgador sobre cuestiones que, por su naturaleza, requieren de conocimientos
especiales, emitiendo en todo momento sus determinaciones en forma objetiva y
veraz.
Esto es, que no deben favorecer en forma indiscriminada a
la apersona o personas que los propongan en los procesos que actúen.
Agregó, se estima que actualmente se estima que la prueba
pericial es la “reina de las pruebas”, por virtud de que en base en las
evidencias y /o pruebas científicas que son presentadas ante la autoridad
correspondiente, puede resultar la presunta responsabilidad de una persona.
Expresó el líder del Congreso que en relación al hecho de
que algunos peritos incurran en el delito de falsedad ante la autoridad y son
sancionados, aún siguen desarrollando sus respectivas profesiones, por lo se
considera que con esta reforma, aparte de impulsar una conducta escrupulosa y
ética, se debe contar con un marco normativo que perfeccione y fortalezca la
norma jurídica local.
Finalmente dijo, que con esta norma se impone a los
peritos que incurren en el delito antes mencionado, además de la pena a que se
haga acreedor por la comisión de ese delito, la sanción de inhabilitación
respectiva.
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