Hoy es Jueves 25 de Abril del 2024


Sección: Editoriales / Posdata

Cómo que no se puede para julio?

Por: Gastón Espinosa Glz 07/10/2015 | Actualizada a las 18:02h
La Nota se ha leído 1451 Veces

Si un síndico que fue electo popularmente en una planilla, pero que nunca tomó protesta constitucional y legal como síndico, ¿puede ser postulado para candidato a la presidencia municipal sin caer en el supuesto de la prohibición de no reelección?

La cuestión llegó hasta el despacho de Rogelio López Sánchez, Doctor en Derecho Constitucional y Gobernabilidad, una eminencia en la materia quien sobre el tema hizo su dictamen integral de diagnóstico de viabilidad tanto como constitucional y convencional.

Para el Doctor Rogelio López, la aplicación de la reelección opera única y exclusivamente cuando se haya protestado en el cargo del ayuntamiento respectivo y que se encuentre en funciones, de hecho revela que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya ha procedido sobre el asunto en los juicios SUP-JDC-3/2010 Y SUP-JDC-10/2010, al resolver favorable sobre los derechos y obligaciones de un regidor que no había protestado al cargo.

De esas resoluciones puede extraerse las bases que determinaron el fallo a favor de la Sala Superior del Tribunal Electoral…

“La protesta es un acto solemne que se requiere antes de que los funcionarios desempeñen sus cargos, independientemente de que sea de elección popular, designación o nombramientos, además en términos de lo que prevé el artículo 128 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, es deber de todos los funcionarios públicos prestar la protesta de hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen en el ejercicio de su encargo.

De ahí que tal acto es fundamental para que los funcionarios públicos ejerzan todos los derechos y atribuciones inherentes al cargo encomendado puesto que si el ciudadano no acude a ese acto solemne, los órganos de gobierno pueden tomar las medidas necesarias para su sustitución, en caso de no existir causa que justifique su inasistencia.

Por tanto, a juicio de esta Sala Superior, cuando el funcionario electo no se presente a rendir protesta, sin que medie justificación para ello, no adquiere todos los derechos y obligaciones que son inherentes a ese cargo, como podría ser, la posibilidad de solicitar licencia para separarse de su cargo”.

Por estos argumentos el experto en la materia considera que el síndico requiere tomar la protesta de ley para adquirir los derechos y obligaciones como servidor público electo popularmente en una planilla, tal y como se desprende directamente del artículo 128.

Por tanto aplicar el supuesto de prohibición de reelección a quien no ha tomado protesta del cargo como síndico implicaría vulnerar y limitar de manera inadecuada, innecesaria, desproporcional e irrazonable el derecho político fundamental de ser votado, toda vez que se estaría interpretando de manea restrictiva tal derecho.

Es evidente que el estudio realizado por el Doctor en Derecho Constitucional y Gobernabilidad no deja lugar para la duda, no hay razonamiento para seguir creyendo que la candidatura para un síndico que no protestó a su cargo y que por lo tanto no adquirió los derechos y obligaciones inherentes a ese puesto, puede generar controversias legales o está impedido.

El no permitir la postulación del interesado como integrante de una planilla en las próximas elecciones municipales supondrá una violación al derecho de accesar en condiciones de igualdad a un cargo público y su derecho al sufragio pasivo contemplados en los artículos 23 del Pacto de San José de Costa Rica, 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el contenido en el 35, fracción II, de la Constitución Mexicana.

Con la ley en la mano esto termina de tajo con el rumor propagado sobre la ilegibilidad de Julio César Portales Martínez como candidato a un pues de elección popular para las elecciones del 2016. Las intrigas inventadas por sus adversarios quedan descobijadas, sin base, sin sustento y seguirlas ventilando son sencillamente acciones desesperadas por evitar que su proyecto político siga creciendo.

Cómo que no se puede para Julio? Si la ley es muy clara.

Es obvio que se jodió la mala leche.

TERE ARRANCA COLECTA DEL TELETÓN 2015

Tere Galván García, dio el banderazo para el arranque de la gran colecta del Teletón 2015 con un claro exhorto a seguir trabajando para seguir construyendo el futuro de los pequeños.

El evento se realizó en las afueras de la presidencia municipal, en donde se reunieron los estudiantes del COBAT, destacando a la presidenta del DIF Sandra Elizabeth Galván García, y  Noé Manríquez, Director del DIF.

La edil entregó las alcancías que se habrán de utilizar en esta gran cruzada para posteriormente hacer oficialmente el depósito voluntario tanto de las autoridades municipales como la sociedad en general.

Tere Galván García pidió el apoyo de todos para alcanzar la meta, citando ejemplos de los resultados, que de ella emanan ya que varios pequeños con capacidades diferentes se atienden en el CRIT de Altamira.

Gastón Espinoza

Es egresado de la facultad de Derecho y Relaciones Públicas, donde obtiene el título de Licenciado en Relaciones Públicas por la Universidad Autónoma de Tamaulipas. Además realizó diplomado en Mercadotécnica.

Desde hace nueve años es autor de “Posdata” que se publica en medios electrónicos de Ciudad Victoria, Tampico y El Mante.

Ha sido director de Comunicación Social en algunos ayuntamientos de la región cañera, así como jefe de prensa de varios candidatos a puestos de elección popular.

Además dirige un negocio dedicado a la edición e impresión de periódicos y revistas en El Mante.
adadasdas
HoyTamaulipas.net Derechos Reservados 2016
Tel: (834) 688-5326 y (834) 454-5577
Desde Estados Unidos marque: 01152 (834) 688-5326 y 01152 (834) 454-5577