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247 mil juicios individuales tramita la JFCA

El Delegado Federal del Trabajo en Tamaulipas, mencionó que la Ley Federal del Trabajo en vigor no establece un procedimiento específico para tramitar los asuntos en que se demandan prestaciones de seguridad social

Por: Víctor Molina/Ciudad Victoria 06/08/2010 | Actualizada a las 18:30h
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.-Más de 247 mil juicios individuales tramita la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), de los cuales el 55 por ciento corresponde a conflictos relacionados con la seguridad y previsión social de los trabajadores, como consecuencia de la aplicación de criterios jurisprudenciales y la Ley del Seguro Social.


Pues la reforma establece reglas procesales adecuadas que permitirán tramitar y resolver con mayor prontitud, los juicios que en materia de seguridad y previsión social se presentan ante la JFCA, como los relativos a las devoluciones del fondo de las cuentas individuales de retiro o el otorgamiento de pensiones por viudez, orfandad, cesantía en edad avanzada y vejez.
 

Arturo Gerardo Rodarte Leal, Delegado Federal del Trabajo en Tamaulipas, mencionó que la Ley Federal del Trabajo en vigor no establece un procedimiento específico para tramitar los asuntos en que se demandan prestaciones de seguridad social, por lo que se atienden con las mismas reglas del juicio ordinario, lo que provoca cargas probatorias inadecuadas, falta de requisitos formales, perfeccionamiento de pruebas que no corresponde a la naturaleza de los documentos idóneos para acreditar este tipo de reclamaciones; todo ello en detrimento de los trabajadores y sus beneficiarios.

Hace mención que el procedimiento sumario propuesto, se tramita en su totalidad en una sola audiencia, a diferencia del juicio ordinario que comprende diferentes etapas procesales.


Como ejemplo dice, que la reforma incorpora un tratamiento especial para el desahogo de la prueba pericial médica, donde se requiera determinar la existencia de padecimientos invalidantes o de incapacidades derivados de riesgos y enfermedades de trabajo, para lo cual se establece que los dictámenes en medicina del trabajo por parte de los peritos de las partes y del perito oficial se rindan en forma simultánea, no en dos etapas diferentes como actualmente se prevé en el juicio ordinario.

Por último dice que con la Reforma Laboral se agilizará el trámite de los juicios en que se reclamen prestaciones en materia de seguridad y previsión social, sin que se afecten los principios de seguridad y certeza jurídica de las partes, y la equidad en el procedimiento.
 

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