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Apoya IMSS a delegaciones afectadas por huracán con pago de cuotas en plazos

Las solicitudes deberán presentarse a más tardar el 31 de julio de 2010, para efectos de gozar de la referida facilidad administrativa de no garantizar el interés fiscal

Por: Redacción/ Reynosa 24/07/2010 | Actualizada a las 14:34h
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Reynosa, Tamaulipas.-El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) autorizó a las Delegaciones Regionales de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, conceder el pago en plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas patronales que se hayan causado durante junio y julio de 2010 en algunos municipios de estos estados.
 
Jesús Nader Nasrallah, Delegado Regional del IMSS en Tamaulipas, informó que el acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y autoriza a las Delegaciones Regionales de las entidades mencionadas, como a las Subdelegaciones –en el caso de Tamaulipas-, de Ciudad Mante, Ciudad Victoria, Matamoros, Nuevo Laredo y Reynosa a que:
           
Concedan el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado durante el mes de junio y las que se causen durante el mes de julio de 2010, cuyo pago en el primero de los casos, debió efectuarse a más tardar el día 19 de julio y, en el segundo, el día 17 del mes de agosto próximo, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados con centros de trabajo o cualquier otro establecimiento, ubicados en los Municipios de Abasolo, Aldama, Burgos, Casas, Cruillas, Güemez, Hidalgo, Mainero, El Mante, Matamoros, Méndez, Padilla, Reynosa, Río Bravo, San Fernando, Soto la Marina, Valle Hermoso, Victoria, y Villagrán, del Estado de Tamaulipas.
 
Los adscritos a estos municipios señalados como afectados por la ocurrencia de lluvias severas en dichas localidades entre los días 28 de junio al 6 de julio de 2010, ocasionadas por el Huracán Alex, deberán acreditar para ello, que por tal acontecimiento no estuvieron o estarán en posibilidad de cumplir en esas fechas con el pago de las cuotas a su cargo.
 
Explicó Nader Nasrallah que esta autorización sólo será aplicable a la parte de la cuota obrero patronal a su cargo, que les corresponda. Las cuotas respectivas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como las que se retengan a los trabajadores, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establece la Ley del Seguro Social
 
Además, dijo, el acuerdo aprobado establece que en el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades, se dispensará el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de los patrones y demás sujetos obligados, previo cumplimento de los demás requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social y en su Reglamento en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, siempre y cuando continúen realizando el pago de las parcialidades autorizadas por las cantidades y en las fechas correspondientes.
 
Así mismo, el Delegado del IMSS en Tamaulipas precisó que dichas solicitudes deberán presentarse por los patrones y demás sujetos obligados al Instituto, a más tardar el 31 de julio de 2010, para efectos de gozar de la referida facilidad administrativa de no garantizar el interés fiscal.
 
De igual forma, puntualizó Jesús Nader, que los patrones y demás sujetos obligados a que se refiere el punto Primero del presente Acuerdo, que con anterioridad al mes de junio de 2010 cuenten con autorización para efectuar el pago a plazos de cuotas, capitales constitutivos, actualizaciones, recargos y multas, en los términos del artículo 40 C, de la Ley del Seguro Social, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de julio de 2010 y las subsecuentes que se les hayan autorizado, reanudando su pago en los mismos términos y condiciones autorizadas, a partir del mes de agosto de 2010, sin que se considere que las parcialidades no fueron cubiertas oportunamente, por lo que no se generarán recargos por prórroga o mora.

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