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Instan al INE a resolver registro de aspirante a consejero

El pleno de la Sala Superior del TEPJF pidió a la Comisión del Instituto Nacional Electoral (INE) que pondere todos los elementos de prueba que presentó Jaime Hugo Talancón, a fin de verificar si cumple o no con los requisitos

30/07/2014 | Actualizada a las 16:24h
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México (Notimex).- El Tribunal Electoral federal ordenó a la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Electorales (Oples) del INE que resuelva en un pazo de 12 horas, la solicitud de registro de un ciudadano, como aspirante a consejero electoral.

El pleno de la Sala Superior del TEPJF pidió a la Comisión del Instituto Nacional Electoral (INE) que pondere todos los elementos de prueba que presentó Jaime Hugo Talancón, a fin de verificar si cumple o no con los requisitos solicitados en la convocatoria respectiva.

Dicha Comisión negó a Talancón Martínez su registro para poder participar en la integración del OPLE en el Distrito Federal, “no obstante haber acreditado su residencia con copia certificada de credencial de elector vigente”.

Según el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Talancón exhibió las constancias para cubrir el requisito de residencia efectiva de cinco años en la capital, exigido a quienes no hubieran nacido en la entidad federativa en la que aspiran a ocupar dicho cargo.

Sin embargo, la Comisión “omitió realizar un análisis integral de las constancias a saber, copias de las constancias de elector expedidas a favor del actor en 1993 y 2009, con domicilio en el Distrito Federal”.

Tampoco analizó la carta que entregó “bajo protesta de decir verdad”, en la que informó que tenía una residencia ininterrumpida de 38 años en el Distrito Federal y el Currículum Vitae donde reseña sus actividades laborales en dependencias ubicadas en la capital.

Además, omitió tomar en consideración lo manifestado por el ciudadano que no le era posible obtener la constancia de residencia, “en virtud de que, pese a que ha residido en el Distrito Federal durante 38 años, en su domicilio actual, únicamente un año y en el previo vivió tres años y en el anterior a ese, un año”.

Para el TEPJF, la Comisión no atendió “el principio de exhaustividad porque no hizo una valoración integral, tendiente a vincular los documentos aportados, junto con la solicitud de registro”, de ahí la urgencia de que se pronuncie en este caso.

La convocatoria emitida el pasado 20 de junio en las 18 entidades que tendrán comicios en 2015, establece que los aspirantes deberán “ser originario de la entidad federativa correspondiente o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación”.

Ello, “salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses”.

Talancón exhibió las constancias para cubrir el requisito de residencia efectiva de cinco años en la capital
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