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Sección: Editoriales / Pregúntale al Cónsul

Ciudadanía estadounidense

Por: Consulado General de Matamoros 28/03/2014 | Actualizada a las 11:10h
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Pregunta: El padre biológico de mi hijo es un ciudadano estadounidense y vive en los Estados Unidos. Él nunca me ha ayudado económicamente y se niega a transmitir la ciudadanía estadounidense a su propio hijo. ¿Esto significa que él no podrá recibir ningún apoyo financiero de su padre?

Respuesta: El derecho de un bebé a obtener manutención no es decidida por su ciudadanía. Por favor tenga en cuenta que si usted desea que su hijo obtenga la ciudadanía estadounidense y el menor nació fuera del matrimonio, el padre ciudadano estadounidense deberá firmar un acuerdo prometiendo que apoyará a su hijo hasta que cumpla 18 años y prestar juramento reconociendo que él es el padre. Dentro de México, necesitará solicitar ayuda por parte de la Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) y ellos le guiarán en el proceso.

En los Estados Unidos, los solicitantes deberán contactar al Departamento de Salud y Servicios Humanos (U.S. Department of Health and Human Services): http://www.acf.hhs.gov/ y http://go.usa.gov/Ks7Y. Ellos enlistan los siguientes pasos para conseguir la manutención del niño:

1. Si usted no estuvo casada cuando su hijo nació, el primer paso es establecer paternidad—legalmente determinar el padre del menor. Cualquier padre puede solicitar una prueba de ADN.

2. Establecer la obligación. En otras palabras, una decisión de la corte que ordene la manutención del menor.

3. Hacer cumplir la manutención de los hijos. La oficina de Child Support puede ayudar a recaudar el dinero sin importar donde viva el otro padre.

Para información adicional sobre “Problemas de menores”, por favor visite http://go.usa.gov/KHBV.

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Pregúntale al Cónsul General

Es una colaboración del Consulado General de los Estados Unidos de América en Matamoros, en el cual se dan respuestas a preguntas hechas por interesados en realizar un trámite, la mayoría de estos relacionados con la Visa Lasser
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